A pesar de que el uso de la pirotecnia deja todos los años un número considerable de lesionados, entre quemados y mutilados, y atenta contra la tranquilidad de las personas, especialmente los enfermos y los que padecen trastornos psicológicos, la Municipalidad de Salta vuelve este año a lanzar su tradicional convocatoria navideña a todos aquellos ciudadanos de buena voluntad que deseen comercializar este peligroso y antisocial producto. Según se ha informado, el trámite para obtener la habilitación municipal para vender pirotecnia se podrá iniciar hasta el próximo día 13 de diciembre, habiendose fijado por la Municipalidad la extensión de 'la temporada' (de venta, no de explosiones) entre los días 1 de diciembre de 2013 y 6 de enero de 2014.
La Municipalidad ha recordado la vigencia de la ordenanza N° 11.666, que establece la regulación aplicable a los locales destinados a la venta de artificios pirotécnicos por temporada. En virtud de tal normativa, todos aquellos comercios y/o personas que estén interesadas en solicitar la habilitación comercial para la venta de fuegos artificiales para la temporada deben dirigirse al Centro Cívico Municipal, avenida Paraguay 1240, con la documentación pertinente y en el horario de la mañana.
La aludida 'documentación pertinente' es tan compleja e inasequible en la mayoría de los casos, que constituye toda una invitación a la venta ilegal de pirotecnia, actividad que la Municipalidad de Salta nunca ha podido controlar ni combatir de forma eficaz.
Requisitos
1) Plano de construcción y de instalación eléctrica aprobado (los inmuebles cuya superficie no supere los 60m2 y de una sola planta, podrán presentar croquis e informe técnico edilicio y de instalación eléctrica, visado por el Copaipa o el Colegio de Arquitectos de Salta).
2) Título que acredite la legítima ocupación del inmueble.
3) Certificado de libre deuda o informe de regularización fiscal del inmueble a ocupar en relación a la Tasa General de Inmuebles e Impuesto Inmobiliario.
4) Constancia de inscripción de la actividad comercial mediante la autoridad competente.
5) Certificado de seguridad expedido por la división Bomberos de la Policía de Salta.
6) Póliza de Seguro de responsabilidad civil que cubra los daños que eventualmente se pudieran ocasionar al público presente y terceros en general.
7) En caso de tratarse de personas jurídicas, deberá acreditarse su personería, acompañando contrato y estatutos sociales.
8) En caso de tratarse de personas físicas se debe presentar copia del DNI y CUIL.