La Corte de Justicia de Sallta deniega la suspensión cautelar de una ordenanza en Cerrillos

La Corte de Justicia de Salta ha denegado la petición de una medida cautelar formulada por el abogado de la Municipalidad de Cerrillos que perseguía la suspensión de los efectos de una ordenanza municipal sancionada por el Concejo Deliberante de esa localidad.

El letrado había promovido una acción de inconstitucionalidad contra la Ordenanza 09/13, ratificada luego como 13/13, aduciendo que su entrada en vigencia “altera el equilibrio presupuestario al dejar sin efecto la Ordenanza 287/13 -en vigencia desde el día 1 de agosto de 2013- que genera recursos tributarios necesarios para garantizar la disciplina fiscal del Municipio”.

El asunto estribana en que el Concejo Deliberante de Cerrillos había sancionado el 15 de agosto de 2013 una ordenanza que derogaba la Ordenanza 287/2013 y modificaba a la baja el valor de la unidad tributaria municipal, que pasaba de 3,60 a 2,40 pesos.

La Corte ha desestimado la pretensión cautelar del representante letrado de la Municipalidad de Cerrillos, argumentando que las alegaciones formuladas por éste “no logran demostrar primariamente la arbitrariedad manifiesta de la ordenanza impugnada, ni su irregularidad, como para desvanecer la presunción de legalidad que ella ostenta”.

A pesar de varios fallos contradictorios, la Corte de Justicia dice que ha aplicado aquí su conocida doctrina que niega que sean procedente las medidas cautelares contra actos administrativos o legislativos amparados por la presunción de legalidad.

Del mismo modo, la Corte ha resuelto que al encontrarse el objeto de la pretensión cautelar estrechamente vinculado a la acción interpuesta, su admisión conduciría necesariamente a emitir un pronunciamiento prematuro sobre la cuestión de fondo.