El enfrentamiento personal entre la diputada provincial Liliana Ester Mazzone y el juez de la Corte de Justicia de Salta, Abel Cornejo Castellanos, está siendo tratado por algunos medios de comunicación locales como una disputa entre dos poderes del Estado. Un medio gráfico de Salta publica esta mañana un artículo en el que se expresa con claridad que ambos contendientes "representan dos poderes en una sociedad democrática, como el Legislativo y Judicial".
Nada más alejado de la realidad, por cuanto ni el señor Cornejo representa al Poder Judicial, ni la señora Mazzone representa al Poder Legislativo.
No solo que no representan a estos dos importantes poderes del Estado sino que, de acuerdo con la Constitución que nos rige, tampoco lo ejercen en modo alguno.
El señor Cornejo, juez de la Corte de Justicia de Salta, como magistrado integrante de un tribunal colegiado, no ejerce el Poder Judicial a título individual, como podría ejercerlo, por ejemplo, cualquier juez de primera instancia.
En el caso de Cornejo, el poder de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado corresponde al tribunal que integra, pero no a él de forma individual. Un tribunal al cual el señor Cornejo tampoco representa, ya que esta representación es ejercida de modo exclusivo por su presidente.
Más claro es el caso de la señora Mazzone, quien ni por asomo ejerce el Poder Legislativo. Solo integra una de sus cámaras.
De acuerdo con la Constitución de Salta, el poder de hacer las leyes reside en la Legislatura, "compuesta por una Cámara de Diputados y otra de Senadores".
Si el poder de legislar no está reconocido siquiera a cada una de las cámaras a título individual, menos aún lo pueden ejercer los integrantes singulares de cada una de aquellas asambleas.
Detrás de este asunto no hay, que se sepa, una disputa ni abierta ni soterrada entre el Poder Judicial y el Poder Legislativo de Salta, sino un pulso más bien desembozado y con aristas muy desagradables entre dos altos cargos públicos que trabajan -porque la casualidad así lo ha querido- en las esferas funcionales de dos departamentos de Estado diferentes.
Pretender que una disputa de estas características coloque en situación de crisis a los dos más importantes órganos del Estado es un verdadero disparate.
Ello comportaría admitir, entre otras cosas, que cuestiones como la voluntad popular o la protección de los derechos y libertades de los ciudadanos puedan resultar afectadas por una disputa en la que se confunden sin rigor alguno la zafiedad política, el rencor personal y las venganzas sentimentales de dos individuos que no representan ni al Estado ni a los intereses de los ciudadanos.
Muy mal hacen la señora Mazzone y el señor Cornejo en utilizar en provecho propio (y para dirimir disputas personales de este tenor) las herramientas jurídicas que les han sido confiadas por los ciudadanos para ejercer con decoro, dignidad y eficiencia los altos cargos que desempeñan.