La Corte de Justicia de la Provincia de Salta ha resuelto acceder a la petición de suspensión cautelar de la ordenanza municipal 01/12 sancionada por el Concejo Deliberante de Cerrillos, formulada por el Intendente Municipal en el marco de una acción de inconstitucionalidad dirigida contra la misma norma. El alto tribunal salteño, apartándose de su reiteradamente invocadas doctrinas sobre la presunción de legitimidad que ampara a los actos de los poderes públicos y sobre la rigurosa improcedencia de las medidas cautelares suspensivas contra este tipo de actos, ha resuelto darle la razón al Intendente y determinado, aun si resolver la pretensión principal, que la norma sancionada en su día por el Concejo Deliberante cerrillano "rompe el equilibrio presupuestario" y "podría configurar un perjuicio".
Recuerda la Corte de Justicia que la acción de inconstitucionalidad fue promovida en su momento contra una ordenanza que resolvió modificar a la baja (de 2,40 a 2 pesos) el valor monetario de la llamada Unidad Tributaria Municipal. Dicha ordenanza, contraria a los deseos del intendente Corimayo, había sido vetada por el intendente en primera instancia pero luego fue insistida por el Concejo Deliberante, produciéndose su entrada en vigor a través de una promulgación tácita.
La resolución de la Corte, que preanuncia el resultado del fondo de la controversia, supone la restitución del artículo 149 de la ordenanza 250/2011 y, por lo tanto, un aumento del 20% en los tributos y tasas que deben satisfacer los vecinos al fisco cerrillano.