La Secretaría del Consumidor del Ministerio de Gobierno, a cargo de Santiago Godoy (hijo), ha sancionado con una multa dineraria al operador Telefónica de Argentina por infracciones a la ley 24.240. Se trata de una multa cuya cuantía asciende a 15.000 pesos, medida que ha sido confirmada por la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la ciudad de Salta. El expediente sancionador abierto a la empresa Telefónica de Argentina se inició por denuncia de un consumidor, titular de cinco líneas telefónicas que habían sido dadas de baja y por las cuales se le reintegró una suma de dinero al haber un saldo favorable al consumidor.
A pesar de ello, el denunciante fue incluido por la empresa en un archivo de morosos, ya que la empresa de telefonía le reclamaba una supuesta deuda de 254 pesos, correspondiente a una factura pendiente de pago del año 2006, fecha en la que había dado de baja las líneas telefónicas.
El consumidor tenía en su poder comprobantes con diferencias a su favor de fecha posterior a la deuda en los que Telefónica de Argentina le otorgaba crédito por montos de 123 y 116 pesos, respecto a dos de las líneas telefónicas a su cargo.
El denunciante se vio obligado a pagar la supuesta deuda para poder ser excluido de manera inmediata del fichero de morosos, sin que ello impicara su conformidad o aceptación de la deuda. La empresa le comunicó que no podía recibir el pago y que debía comunicarse a un 0800 y que en la sucursal Salta de la empresa tampoco le podrían resolver el problema.
El usuario efectuó la denuncia en la Secretaría de Defensa del Consumidor. En la primera audiencia de conciliación, el consumidor solicitó que se retirase cualquier antecedente en informes crediticios relacionados a las líneas telefónicas.
La empresa denunciada, por su parte, presentó un comprobante de la cancelación de los datos del usuario en el fichero de morosos; dejó constancia de que, de las cinco líneas telefónicas, en su oportunidad dos líneas estaban dadas de baja y que se le efectuaron reintegros por existir saldo favorable en esas líneas. Pero, con respecto a las otras tres líneas, se registraban deudas al momento de ser pedida su baja, motivo por el cual enviaron información al fichero de morosos. La deuda que se reclamó corresponde a una semana de abono, más dos cargos de reconexión.
Las partes no llegaron a un acuerdo, por lo que el expediente continuó el procedimiento administrativo por presunta infracción a los artículos 4, 8 bis y 19 de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor.