
De acuerdo a la gacetilla oficial enviada por el Dr. Montaña, la composición del Jurado es la siguiente:
Presidente: Dr. Rubén Hugo Marín
Vicepresidente 1ro. Dr. Luis René Herrero
Vicepresidente 2do. Dra. Sandra Adriana Rioboo
Vocal Dr. Luis Alberto Giménez
Vocal Dra. Lía Fabiola Bianco
Vocal Arq. Alfredo Anselmo Martinez
Vocal Dra. Ángela G. Vanni
El texto completo del parte de prensa del Jurado
Jurado de Enjuiciamiento (art. 115 CN)
Juicio Político al Dr. José Antonio Solá Torino
Martes 04 de Agosto de 2009 a las 14:00 hs.
Miercoles 05 de Agosto de 2009 a las 08:00 hs.
Libertad 731, piso 3°, Capital Federal
Expediente Nro. 191/08 (Ingresado 29/05/08) del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación.
Autos: Presidencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta Remite copia del expte. 863/05 Farfan José M. y otros s/ cohecho s/ act. Dr. Sola Torino J. (y acum. 230/08)
Manual para la Prensa
Vocalía Dr. Santiago Montaña Consejero Abogado-
Prensa: (011) 15-6944-3719
1. Antecedentes:
El Consejo de la Magistratura decretó la suspensión y acusación del Dr. José Antonio Solá Torino -integrante del Excmo. Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Salta-, pidiendo ante el Jurado de Enjuiciamiento la apertura del procedimiento de remoción.
Ello, fundado en haber incurrido en la causal de mal desempeño en sus funciones y posible comisión de delito (conf. los arts. 53 y 114 de la Constitución Nacional), conforme surge de las actuaciones ante el Juzgado Federal N° 2 de Salta en la causa N° 431/08 caratulada Farfán José Miguel- Ferreira Graciela del Valle Vázquez Gabriela Mabel Solá Torino José Antonio s/ cohecho, en la que se le dictó al Dr. Solá Torino auto de procesamiento por el delito de cohecho pasivo agravado (17.09.08).
El Dr. José Antonio Solá Torino fue procesado por su par Miguel Antonio Medina tras conocerse unas escuchas telefónicas registradas por la autoridad policial aeronáutica en las que quedara de manifiesto que el juez habría dictado resoluciones judiciales anulando el pedido de captura contra un narcotraficante evadido, a cambio de percibir de su entorno una determinada suma de dinero y otras prebendas.
La evasión del imputado Farfan no pudo concretarse por haber consignado el magistrado en el Oficio liberatorio, un error numérico en el documento del procesado.
Se designaron a los Sres. Consejeros, Dres. Nicolás Fernández y Ernesto Sanz, como representantes del Consejo de la Magistratura ante el Jurado.
El citado dictamen fue aprobado por la Comisión de Disciplina y Acusación por unanimidad de los consejeros presentes en diciembre del año 2008, siendo luego aprobado unánimemente por el pleno del Consejo en Febrero del 2009. El fallo del Jurado es irrecurrible tendrá el efecto de destituir al acusado del cargo de Juez de la Nación Argentina.
2. Los hechos:
La imputación al Dr. José Antonio Solá Torino surge del análisis de las llamadas correspondientes al teléfono de la imputada Graciela del Valle Ferreyra (a) Chela, de donde surgiría que registraba gran cantidad de comunicaciones entrantes y salientes al teléfono celular del magistrado.
Como resultado de las escuchas efectuadas a los imputados en una causa, en las que se captaron diálogos telefónicos que tendrían como uno de sus protagonistas al señor juez integrante del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Salta y Juez de Ejecución de Sentencias, Dr. José Antonio Solá Torino, en conexión directa con José Miguel Farfán, Héctor Hugo Salazar, Graciela del Valle Ferreyra y Gabriela Mabel Vázquez, estableciéndose comunicaciones incompatibles con su condición de magistrado.
Por haber el magistrado denunciado estimado que la pena impuesta al mencionado Farfan podría estar prescripta, el Dr. Solá Torino dispuso, con fecha 24 de agosto de 2007, dejar sin efecto el pedido de detención del condenado, para luego advertir un error involuntario en el cómputo del tiempo, y que la pena no habría estado prescripta, reestableciendo el magistrado el pedido de captura de Farfán el 1° de febrero de 2008.
Por un error en un número del DNI, la fuga del país del imputado Farfan no pudo concretarse.
En el mes de enero del año 2008, el Sr. Farfan al gestionar su pasaporte presentó las copias de los oficios 1120/07, 1489/07 ante la Policía Federal en la ciudad de Buenos Aires, en donde detectaron su pedido de captura.
3. Testigos Ofrecidos por la Acusación (CMN):
1. Dra. Mariana E. Cervera, Secretaria del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Salta
2. Sr. Leonardo Fadel, Jefe de Despacho del Juzgado de Ejecución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Salta
4. Jurado de Enjuiciamiento: Integrantes:
Presidente Dr. Marín, Rubén Hugo
Vicepresidente 1ro. Dr. Herrero, Luis Rene
Vicepresidente 2do. Dra. Rioboo, Sandra Adriana
Vocal Dr. Gimenez, Luis Alberto
Vocal Dra. Bianco, Lia Fabiola
Vocal Arq. Martinez, Alfredo Anselmo
Vocal Dra. Vanni, Angela G.