
Aunque no lo dice expresamente en su comunicado de prensa, la Corte de Justicia busca detectar, a través de este procedimiento, posibles errores en el funcionamiento de alguno de los cuatro juzgados que intervinieron previamente, según lo que se determinó en las actuaciones.
En el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Personas y Familia 6 se tramitó la causa Arias Julieta Mónica vs. Delgado, Ariel Sixto por violencia familiar (ley 7403) ordenándose a Delgado en mayo de 2008 que se abstuviera de ejercer actos de violencia física, psíquica y de proferir insultos y desplegar conductas amenazantes en contra de Julieta Mónica Arias y/o su grupo familiar, todo ello bajo apercibimiento de desobediencia judicial y de tomar otras medidas. También se dispuso rondas periódicas por parte de la Policía.
En el mismo juzgado se tramitó también una causa promovida por Delgado contra Arias, por abandono de los hijos, en cuyo marco se citó a la pareja a una audiencia que se realizó el 30 de mayo pasado sin la asistencia de la mujer, ordenándose tras escuchar a los menores y a la Asesora de Incapaces, otorgar la guarda provisoria de los niños al padre, quien los debía alojar en la casa de la abuela paterna, sin posibilidad de trasladarlos a otro domicilio.
En el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Personas y Familia 5, por su parte, se tramitó la causa Arias Julieta Mónica contra Bautista, Berta por violencia familiar (ley 7403) habiendose ordenado el 10 de abril de 2008 a la denunciada que se abstenga de ejercer actos de violencia física y psíquica como así también de proferir insultos, palabras agravientes o soeces, o desplegar conductas amenazantes en contra de la denunciante.
En el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Personas y Familia 3 fueron tramitadas dos causas. En la primera, Delgado, Ariel Sixto contra Arias, Julieta Mónica tenencia de hijos y régimen de visitas, fue remitida al Programa de Mediación con la advertencia de la obligatoriedad de la asistencia. Este procedimiento no pudo llevarse adelante como consecuencia de la ausencia de la demandada ante lo cual el representante de Delgado desistió de proseguir con la mediación.
En el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Quinta Nominación, también se tramitaron causas que involucraron a la víctima del homicidio. En este caso, el 27 de agosto del año anterior, se ordenó la exclusión del hogar de Delgado en una causa promovida por Arias por violencia familiar. Se le impuso en aquella ocasión la prohibición de ingresar al domicilio de barrio Siglo XXI y de acercarse a los lugares donde concurriera la mujer. En la misma sentencia se le ordenó a Delgado abstenerse de ejercer actos de violencia físicos o psíquicos, como así también de proferir insultos, palabras soeces y realizar amenazas descalificantes en contra de Arias.
Posteriormente, a partir de una nueva denuncia policial, se intimó el pasado 15 de mayo nuevamente a Delgado para que se abstuviera de ejercer actos de violencia física y psíquica, como así también de proferir insultos, palabras agraviantes o soeces o desplegar conductas amenazantes, en contra de Julieta Mónica Arias.