
En el pedido de informes se dispuso solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que en un plazo no mayor a los cinco días hábiles, a través del organismo competente remita a este Concejo los siguientes documentos:
a).- Copia Certificada del Expediente N° 50.345/07 referido a la clausura y cierre definitivo del Vertedero San Javier II;
b).- Copia de Plan Intermedio a través del cuál el Departamento Ejecutivo Municipal exige a la empresa Agrotécnica Fueguina S.A.C.I.F. la reapertura de los módulos clausurados;
c).- Copia del plan de forestación y siembra de gramíneas de los módulos terminados, presentados por la empresa referida precedentemente y la correspondiente aprobación de la inspección municipal detallando es estado de cumplimiento del mismo, antes de la sobre elevación ordenada por el municipio, acompañando en su caso, el instrumento administrativo pendiente;
d).- Copia certificada del expediente N° 2005012117 que da origen al decreto N° 706/07 del 15 de agosto del corriente año; (Por el que se reconoce una vez más a la mencionada empresa un incremento del 20,15% en el contrato del Servicio Esencial de Higiene Urbana de la Ciudad de Salta, $ 3.110.601,43 Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido).
e).- Copia del dictamen efectuado por la Comisión de Estudio para la Evolución de la Correspondencia de la Redeterminación del Precio de los Servicios, designada en virtud del Decreto N° 603/07.