Salum - Vilariño: Un Proyecto de Declaración decepcionante

El fin de semana pasado se ha conocido que la Cámara de Diputados de la Nación ha aprobado un proyecto de declaración mediante el que dicho cuerpo "vería con agrado" que el Poder Ejecutivo arbitre las medidas conducentes e instruya al Organismo pertinente a los fines de instrumentar en todos los municipios y parajes del País, el servicio de comunicación básica universal, establecido en el Decreto Nacional Nº 764/2000 (Reglamento General de Servicio Universal). Osvaldo Salum, diputado nacional del Partido Justicialista de SaltaQuizá lo más destacado de esta noticia sea que la declaración en cuestión -cuyo texto completo (sólo 49 palabras) está contenido íntegramente en el párrafo anterior- ha sido impulsada por los diputados nacionales por Salta, señores Osvaldo Salum y José Vilariño.

La mayor parte de los medios que han recogido esta misma noticia lo han hecho bajo el titular, sugerido ya por el propio comunicado de prensa difundido por ambos legisladores: "Salum y Vilariño impulsan el acceso a las telecomunicaciones para todos".

Tan atractivo titular llevó a esta redacción a investigar el contenido y el alcance del proyecto de los diputados salteños, encontrando en esta tarea una dificultad inicial mayúscula: la vergonzosa inutilidad del buscador de proyectos de la Cámara de Diputados de la Nación.

Primera conclusión de esta investigación es que, si los diputados salteños están sinceramente preocupados por "el acceso de todos" a las telecomunicaciones, en vez de andar "viendo con agrado" concreciones que están fuera de sus competencias, deberían dedicar un poco de tiempo a mejorar lo que es, efectivamente, de su competencia directa, como es el servicio de búsqueda de proyectos de la web de la Cámara de Diputados de la Nación.

La segunda constatación es que el proyecto Salum-Vilariño es tristísimo. Como la mayoría de las declaraciones de este tipo, se trata sólo de una exhortación sin mayores consecuencias sobre la realidad de los hechos. Este tipo de iniciativas suele terminar piadosamente en las papeleras, por falta de capacidad de las cámaras del Congreso para hacer un efectivo seguimiento de ellas una vez aprobadas.

Pero lo que llama de verdad nuestra atención es el hecho de la manifiesta inadecuación del procedimiento seguido por Salum - Vilariño. Porque es evidente que si el Estado nacional se encuentra ya vinculado por una norma de Derecho, como lo es el Decreto Nacional 764/2000 y su anexo III, el hecho de que el gobierno no cumpla actualmente con lo que esta norma ordena es materia de competencia exclusiva del Poder Judicial.

Es decir, que si los diputados Salum y Vilariño hubieran querido realmente tomar el toro por las astas y defender el interés general, frente a la mora gubernamental en instrumentar como es debido el llamado "Servicio Universal", deberían de haberse presentado al juez federal competente en la materia, señalando incluso al funcionario que deba de cumplir los preceptos reglamentarios omitidos, a efectos de ejecutar su responsabilidad.

Los fundamentos del proyecto de declaración Salum-Vilariño son igualmente criticables. Los seis primeros párrafos son reproducción literal de las regulaciones contenidas en el Anexo III del Decreto 764/2000, conocido como RGSU. Los dos restantes son los siguientes:

Lo cual avala los reclamo realizado por las comunidades originarias, a través de las notas que se adjuntan, ya que existiendo el instrumento legal, no debe existir impedimento para que los habitantes de la Republica Argentina en todo el territorio nacional, tenga posibilidad de acceder a los servicios de telecomunicación, especialmente aquellos que viven en zona de dificil acceso, o tengan limitaciones físicas o necesidades sociales especiales.

Por lo que se hace necesario una inmediata implementación, de lo dispuesto en la Normativa, ya que su real funcionamiento promoverá la integración de la Nación, favorecerá la cultura, educación y salud publica, a través de la información, de las comunicaciones entre instituciones educativas, bibliotecas, centros de salud, etc.


Estos párrafos dan a entender que la preocupación de Salum-Vilariño no va sinceramente en la línea de asegurar "telecomunicaciones para todos", sino que se mueve en el territorio de "los reclamos realizados por las comunidades originarias", lo cual es igualmente loable, pero no tiene por qué cubrirse con la máscara de un "interés general" que no existe.

Luego, la frase "ya que existiendo el instrumento legal, no debe existir impedimento", es -junto al "vería con agrado"- un auténtico "brindis al sol". Es más lógico pensar que "algún impedimento habrá" para que servicio universal no llegue a donde los ciudadanos lo necesitan, como lo marca la ley. Y si tal impedimento existe, las tareas de un legislador responsable son las de identificarlo en su esencia y contribuir a eliminarlo; no la de pedir simplemente que lo hagan otros.

Si la falta de Servicio Universal en determinadas localidades es sólo producto de la desidia del Gobierno de la Nación, hubiera sido razonable que los legisladores lo dejaran expresado claramente en su proyecto.

Quizá lo más decepcionante es de este proyecto es que después de su aprobación no hay nada que garantice que los ciudadanos argentinos que necesitan de estos servicios los recibirán en las condiciones que señala la Ley.