
Un diario de Salta ha publicado, sin mencionar a la persona que se los ha facilitado, los datos del informe médico del llamado 'niño de la jaula', el adolescente de 14 años residente en el paraje Alto la Sierra cuyos padres lo mantenían enjaulado durante buena parte del día para que no se escapase.
El mismo diario ya había publicado con anterioridad su nombre, apellido y demás circunstancias personales, así como fotografías y vídeos, en donde se ve la imagen del niño, que padece desde su nacimiento problemas neurológicos que le impiden llevar una vida normal.
A pesar de esta flagrante violación a sus derechos -que es más grave aún si se tiene en cuenta que el menor no puede de ningún modo expresar su consentimiento- ningún magistrado de Salta (sea juez, fiscal o asesor de incapaces) ha reaccionado para restaurar la legalidad y evitar que se sigan produciendo estos abusos, que son públicos y notorios.
La entrega a un medio de comunicación de un informe médico que por imperativo legal tiene carácter de confidencial es un hecho grave, probablemente constitutivo de un delito de revelación de secretos, y compromete la responsabilidad del médico, enfermero o empleado del hospital que lo hubiere facilitado o por cuya falta de cuidado hubiere permitido que se filtrara.
Pero también involucra de lleno al medio de comunicación y a periodista que lo hubiese conseguido y dado a difusión, sin reparar en que por encima del interés público en conocer el estado de salud del menor se erige, como límite infranqueable, el derecho de aquel a que su situación clínica permanezca en la privacidad más estricta.
Por este desgraciado suceso, Salta es hoy noticia en los principales diarios de Europa. Y lo es, solo cuarenta y ocho horas después de que se conociera la sentencia que castiga a un matrimonio de padres sustitutos que asesinó con ensañamiento y por puro placer de matar a un niño de corta edad que se hallaba bajo acogida.
Ambos casos denuncian un vergonzoso estado de la infancia en Salta y la no menos vergonzosa inacción del gobierno de la Provincia, que incluye ahora el temor reverencial que atenaza a los magistrados que son incapaces de atajar -por complicidad o por falta de conocimientos- lo que claramente constituye un avasallamiento a los derechos de una persona cuyos derechos el Estado está obligado a proteger.