
En este tiempo de recogimiento religioso, cuando muchos yerguen la barbilla con orgullosa altivez, porque recogemos perros desvalidos de las calles y hasta nos animamos a ofrecer asilo a familias enteras de refugiados que huyen de la guerra y buscan un lugar en el mundo, la Corte de de Justicia se ve obligada a formular una convocatoria pública (una especie de llamado judicial a la solidaridad) para adoptar a una niña de tres años que padece parálisis cerebral y que necesita una familia para poder vivir y ser atendida debidamente.
Con tanto espíritu cristiano deambulando por los santos rincones del Milagro, con tantos señores y señoras «bien» que se hacen astillas el esternón en cada misa antes de abordar su 4x4, ¿cómo es posible que los poderes públicos se vean obligados a propalar un aviso semejante para encontrar a una familia adoptante?
Y no es que el Poder Judicial haya puesto requisitos muy complicados para adoptar, ya que pueden hacerlo las familias monoparentales o cualquier pareja o matrimonio que cuente con cobertura médico asistencial para que la niña pueda continuar con los tratamientos médicos y de rehabilitación que necesita.
También se requiere poseer «adecuadas condiciones socioafectivas» y una estructura de personalidad sólida que asegure que se dedicarán plenamente al cuidado de la niña. Pero ¿quién en esta Salta maravillosa, de corazones gauchos pero sensibles, de almas rebosantes de caridad, no tiene esas condiciones socioafectivas?
Si en 48 horas los teléfonos 4258026 y 4258000 (interno 1190) no estallan de llamadas o se inunda el correo electrónico
Si sucediese esto último, habría que pensar si no es conveniente que las atribuciones legales de la Secretaría Tutelar, dependiente de la Secretaría de Derechos Humanos del Poder Judicial, pasen a ser ejercidas por la Dirección de Zoonosis.