
La mujer, a la que -según la versión oficial del Juzgado- le había sido retirada la custodia de sus hijos por el estado de abandono en que se hallaban y por encontrarse ella misma privada de su libertad, dijo también que el juez Canavoso «nunca la recibió» (Nuevo Diario de Salta 25/07/2015) y que cuando quiso enterarse de los motivos, la psicolóloga y las asistentes sociales le decían que los niños «estaban en excelentes condiciones».
La versión de la madre del niño fallecido contrasta con la ofrecida por el juez, que ha afirmado que en el expediente judicial (que consta de cinco cuerpos) consta que la madre «no se presenta en el Juzgado desde el año 2011» y que tampoco tiene contacto con sus hijos (Noticias Iruya.com 21/07/2015).
La comunicación del juez da a entender que la falta de contacto de la progenitora con sus hijos es voluntaria, mientras que Quipildor afirma, sin dudarlo, que si hubo falta de contacto fue porque el juez no se lo permitió.
Lo que en cualquier caso deberán aclarar tanto el uno como la otra es si, efectivamente, la madre se presentó al Juzgado en algún momento, si pidió hablar con el magistrado y si éste se negó a escucharla. El magistrado deberá explicar también por qué motivo, en vez de colocar a los niños con una familia de acogida, no otorgó la guarda a los abuelos de los niños, que la habían solicitado formalmente.