Una jueza provincial se declara incompetente a favor de la justicia federal en el caso de las vacunas del CIF

  • La decisión de la Jueza de Garantías nº 7 de la ciudad de Salta representa un sonoro revés para los fiscales penales provinciales, que con grandes aspavientos habían defendido su propia competencia en el asunto.
  • Derrota de los fiscales penales provinciales

La vacunación presuntamente irregular de los agentes del Cuerpo de Investigaciones Fiscales determinó en su momento que el Procurador General de la Provincia de Salta, Abel Cornejo se movilizara inmediatamente, confundiendo en su empeño sus potestades administrativas con las que la ley le atribuye en relación con la investigación e instrucción de las causas penales.


Ahora, la jueza señora María Edith Rodríguez le ha puesto un poco de racionalidad al asunto y ha declarado la incompetencia de los órganos jurisdiccionales provinciales en la causa penal incoada contra el ciudadano Pedro Dilmar Villagrán por la presunta comisión de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y abuso de autoridad.

La señora Rodríguez ha acordado la inmediata remisión de la causa al área de casos complejos del Ministerio Público Fiscal federal, al considerar que en el asunto «se encuentra seriamente comprometido el interés nacional con una clara afectación al erario público nacional y la salud pública de toda la población argentina».

Según la información oficial del portavoz de prensa del Poder Judicial salteño, la decisión de Rodríguez fue adoptada después de que la fiscal señora Ana Inés Salinas Odorisio requiriera la competencia de la justicia ordinaria para intervenir y que previamente la misma magistrada solicitara a la Fiscalía Federal la remisión de la investigación. Como es lógico suponer, la autoridad instructora federal se negó a acceder a esta solicitud.

La misma información oficial dice que si bien Rodríguez compartió el fundamento de la fiscal Salinas Odoriso en cuanto no resulta adecuado ni tampoco ajustado para una recta administración de investigación el desdoblamiento de dos fiscalías en este caso (federal y provincial) «por la posible violación a principios de raigambre constitucional, porque en la investigación de todos los sucesos descriptos existe un único designio criminal», la misma jueza resolvió que es la jurisdicción federal la competente para llevar a cabo la investigación. Rodríguez ha invocado para ello las disposiciones de la ley nacional 27541, el Decreto 260/20 (Resolución 2883/20 del Ministerio de Salud de la Nación) “Plan Estratégico para la vacunación contra la COVID-19 en la República Argentina” y el artículo 116 de la Constitución Nacional.

Rodríguez ha tenido en cuenta, además, precedentes de otras provincias y el antecedente en la causa por el denominado paciente cero de Salta, en la que la misma Rodríguez accedió a declarar su incompetencia, a instancias de los mismos fiscales penales, para terminar enviando la investigación judicial a la jurisdicción federal.