
La información oficial dice que el condenado -un varón de 41 años- fue sentenciado a la pena de seis años, un mes y quince días de prisión tras ser juzgado y declarado culpable de un delito de abuso sexual con acceso carnal (violación) en perjuicio de la hermana de la mujer que fuera su pareja.
Los hechos ocurrieron el pasado día 10 de marzo de 2019, cuando la joven violada llegó a su casa alrededor del mediodía, «luego de asistir a una fiesta». Es del caso suponer que la víctima -cuya edad no ha sido revelada por la autoridad judicial- asistió a una matinée y no que volvió a su casa al día siguiente después de una noche de jolgorio.
El caso es que, antes de entrar a su casa y entregarse al descanso, la joven se encontró con su excuñado en la vereda de su casa. El hombre se encontraba bebiendo cerveza con unos amigos y le ofreció un vaso a la víctima, que se quedó con el grupo «conversando un rato».
El coloquio tiene que haber durado lo suyo, pues en torno a las 14 horas (es decir, dos horas después del mediodía), la madre de la víctima salió de la casa y avisó a su hija que se iba, por lo que le pidió que entrara a la casa. Obediente, la hija entró en la vivienda y se tumbó en la cama con la intención de dormir, pero no tomó la precaución de cerrar la puerta de calle por dentro.
Cuando la exsuegra salió a la calle, se encontró con su avieso exyerno, que todavía estaba en la vereda. Confiada, la madre se dirigió a M. A. F. diciéndole: «Te la encargo». Ni lerdo ni perezoso el hombre le respondió: «¡Vaya tranquila!».
Pero sus intenciones eran claramente otras, pues poco después del diálogo entre exsuegra y exyerno la víctima despertó de su siesta sobresaltada porque el hombre, que había entrado a la vivienda aprovechando que no tenía echada la «tranca», la sujetaba con fuerza «para accederla en contra de su voluntad», según reza el parte judicial.
No se sabe muy bien por qué en el relato de los hechos no se escribió que el hombre quería «ingresarla», ya que se trata de un verbo muy de moda en Salta; incluso para decir que un agresor sexual se propone «penetrar» a su víctima.
Dice la información oficial que M. A. F. aprovechó la situación de vulnerabilidad de la joven, que se encontraba sola y durmiendo, «para avasallar su integridad sexual».
La sentencia ordena que el hombre «acceda» a la Unidad Carcelaria nº 1 y que deposite su ADN en el Banco de Datos Genéticos creado específicamente para este tipo de delincuentes.