
Según el portavoz habitual de prensa del Poder Judicial salteño, Cornejo pretendía conservar el cargo de consejero titular del Consejo de la Magistratura en representación de la Cámara de Diputados.
El pasado día 15 de abril, la Cámara designó al diputado Luis Eduardo Leavy como miembro titular y al diputado Jesús Ramón Villa como suplente.
En su resolución, el juez Marchetti ha recordado que el artículo 9 de la Ley 7.016 dispone que «el cese de funciones de los miembros del Consejo de la Magistratura se produce, con arreglo al artículo 158 de la Constitución de la Provincia, por cumplimiento del plazo, por alteración de la condición funcional, por la pérdida de los requisitos o por mal desempeño de sus funciones».
Según el magistrado, la resolución de la Cámara de Diputados por la que se designa a los nuevos representantes de ese cuerpo ante el Consejo de la Magistratura provincial, no fue impugnada ni recurrida. Ha sido justamente esa resolución -señala el juez en su sentencia- la que hizo variar la calidad de miembro de Cornejo.
Marchetti ha dicho además que el Consejo de la Magistratura no tiene facultades para analizar los títulos de sus miembros «y sólo debe limitarse a la constatación de ellos».
Las pretensiones de Cornejo fueron en definitiva desestimadas al entender el juez que en el caso sometido a su conocimiento no se ha producido actuación arbitraria ni violación de derechos o garantías tuteladas por la Constitución.