Un juez de Salta condena al Ministerio de Salud a proveer a un paciente sondas para cateterismo

  • El juez de la Sala I del Tribunal de Impugnación de la ciudad de Salta, señor Ramón Medina, ha estimado parcialmente la acción de amparo interpuesta por la madre de un niño enfermo y, en consecuencia, ha condenado al Ministerio de Salud Pública y al programa Incluir Salud a suministrar al demandante 150 sondas del tipo Urethral 8fr para cateterismo.
  • Acción de amparo

La estimación parcial de la demanda se produjo porque, durante el curso del procedimiento, el demandante obtuvo de forma extrajudicial la satisfacción parcial de su pretensión, ya que la Administración demandada, en el curso del proceso y antes de que se pronunciara la sentencia, proveyó al demandante del medicamento oxibutinina y accedió a practicarle un estudio urodinámico completo.


“La provisión de las sondas en tiempo y forma hace al resguardo de la integridad del menor y a su calidad de vida”, ha dicho el señor Medina en su sentencia, puntualizando al mismo tiempo que la salud constituye “el primer derecho de la persona humana, que resulta reconocido y garantizado por la Constitución Nacional”.

Según el señor Medina, “el Estado provincial no puede desentenderse de la obligación de proveer en tiempo y forma las sondas requeridas para el desarrollo de la vida del menor en condiciones consustanciales con su dignidad, debiendo proveer las mismas con la anticipación temporal necesaria para su utilización por parte del niño, en tanto la provisión del elemento en cuestión es de su incumbencia”.

Aunque el vigente Código Procesal Civil y Comercial de Salta no prevé que las sentencias deban contener exhortaciones (sino claros pronunciamientos de absolución o condena), el señor Medina ha resuelto en su sentencia exhortar al Ministerio de Salud Pública y/o al programa «Incluir Salud», «a cumplir con la entrega mensual de las 150 sondas ureatreal (sic) 8fr para cateterismo intermitente limpio, debiendo cumplirse ello en tiempo y forma, a efectos de no mellar (sic) el estado de salud del menor».