Una imputada por estafa elude el juicio a cambio de 'donar' pañales a la Casa Cuna

  • El Juez de Garantías nº 4 de la ciudad de Salta, don Diego Rodríguez Pipino, ha concedido el beneficio procesal de la suspensión el juicio a prueba a una mujer de 47 años, que afrontaba un proceso penal por un delito de estelionato.
  • Proceso penal en Salta

Habiendo considerado el señor Rodríguez Pipino que se han cumplio todos los requisitos exigidos por la ley, sobre todo teniendo en cuenta que la mujer no registra condena anterior ni otra causa judicial abierta en su contra, ha decidido acordar el beneficio solicitado.


No obstante, la mujer deberá observar buena conducta, abstenerse del uso de estupefacientes y del abuso en el consumo de bebidas alcohólicas. No podrá cometer nuevo hecho que pueda ser considerado delito. Tendrá la obligación de fijar domicilio y comunicar cualquier cambio.

En cuanto a la reparación del daño causado, la mujer deberá abonar a la víctima la cantidad de dieciséis mil pesos, en ocho cuotas mensuales. Además pesa sobre ella la obligación de entregar de un paquete mediano de pañales por mes por el término de seis meses a la Casa Cuna. Cabe recordar que en nuestro ordenamiento jurídico, las donaciones son actos jurídicos voluntarios y no pueden ser impuestos en una resolución penal.

También se le impuso la obligación de abstenerse de realizar cualquier acto que implique violencia o que ponga en riesgo físico y psicológico a la denunciante y demás integrantes de su grupo familiar.