El Tribunal de Juicio de Orán deniega la prisión domiciliaria al Coya Rojas

  • Los jueces que integran la Sala II del Tribunal de Juicio de la ciuedad de Oránd han resuelto denegar la prisión domiciliaria solicitada por la defensa del ciudadano Ricardo Raúl Rojas, más conocido como el Coya Rojas.
  • Resolución del Tribunal de Juicio de Orán

Los jueces que integran la Sala II del Tribunal de Juicio de la ciuedad de Oránd han resuelto denegar la prisión domiciliaria solicitada por la defensa del ciudadano Ricardo Raúl Rojas, más conocido como el Coya Rojas. El tribunal, integrado por los señores María Laura Toledo Zamora, Héctor Fabián Fayos y Raúl Fernando López, ha decidido finalmente que los hechos por lo que el señor Rojas ha sido condenado son demasiado graves, y que la condición clínica alegada por sus abogados defensores es compatible con su ingreso en prisión.


Rojas, alojado en la cárcel federal de General Güemes ha sido diagnosticado con COVID-19 y su defensa alegó que a causa de la enfermedad padece dolores de cuerpo y cabeza, presenta dificultad para respirar y no recibe el tratamiento correspondiente.

Los magistrados han entendido, no obstante, que el estado físico del condenado no es crítico que su vida no se encuentra en peligro y que en su caso no se está vulnerando algún derecho constitucional.

En ese sentido, el informe en que los jueces han basado su negativa da cuenta que el interno “cursa con Covid-19 positivo de forma asintomática”. Además, agrega que “se encuentra alojado en un espacio físico especialmente preparado para los pacientes con resultados positivos asintomáticos y/o con síntomas leves, el cual se encuentra adaptado con las medidas impartidas por el protocolo”.

Al momento de ser examinado por los médicos que redactaron el informe, Rojas no presentaba fiebre, dificultad respiratoria, cefalea, hiporexia o odinofagia. También se agregó en el informe que “el establecimiento cuenta con médica especialista en infectología y con atención por profesionales médicos clínicos y de enfermería las 24 horas”.

Al ser la detención domiciliaria una medida excepcional dirigida a evitar un trato cruel, inhumano o degradante de la persona que se encuentra privada de su libertad, y habiendo corroborado que Rojas se encuentra en condiciones de alojamiento acordes a la situación que atraviesa, encontrándose estable, asintomático y recibiendo la atención médica necesaria, los jueces han entendido que no correspondía hacer lugar a lo solicitado por la defensa, ya que no existe una situación de urgencia por la cual se deba considerar que la salud o la vida del hombre corren un peligro inminente.

Como se recordará, Ricardo Raúl Rojas ha sido condenado a la pena de prisión perpetua por ser coautor del delito de tentativa de homicidio doblemente calificado por promesa remuneratoria y con el concurso premeditado de dos o más personas y agravado por la utilización de arma de fuego en perjuicio de Ricardo Adrián Gerónimo; y por homicidio doblemente calificado por promesa remuneratoria y por el uso de arma de fuego en perjuicio de Raúl Fernando Martínez.

Ello en el marco del juicio que se celebró en su contra por el homicidio de Raúl Fernando Martínez, hecho cometido el 6 de mayo de 2017 y la tentativa de homicidio en perjuicio de Ricardo Adrián Gerónimo ocurrido el 1 de mayo de ese año, en las calles de San Ramón de la Nueva Orán.