El autoritarismo de la pandemia facilita el activismo de los fiscales penales de Salta en materia de dengue

  • El jefe de todos los fiscales del territorio ha ‘instruido’ a sus subordinados a que adopten ‘las medidas cautelares preventivas que correspondan, en función del bien jurídico tutelado’ en casos de hechos delictivos relacionados con las campañas de lucha contra la propagación del mosquito Aedes aegypti, vector de las enfermedades del dengue, zika y chikungunya.
  • Aprovechando que las libertades están deprimidas

En tal sentido, el siempre inquieto Procurador General de la Provincia de Salta, Abel Cornejo Castellanos, ha suscrito la resolución 977 en la que no solo dirige una emotiva arenga a «sus muchachos» para que luchen a brazo partido contra el dengue, sino que ordena a los Intendentes Municipales de Salta que avisen a los fiscales «en función del domicilio cuyo foco de infección se encuentre incurso en infracción».


La resolución, concebida inicialmente como una norma de régimen interno de los fiscales, debe no obstante ser notificada a los intendentes para que la cumplan como si fuese una ley. El que saque los pies del plato ya sabe a lo que se expone.

No es el Procurador General -y esto es bastante sabido- un adalid de la autonomía municipal. Y si quedaba alguna duda al respecto, la resolución 977/20 la despeja totalmente.

A pesar de que el texto completo de la citada resolución no está disponible ni el sitio web de los Fiscales Penales de Salta ni en el Boletín Oficial, de la información de prensa oficial surge que los Intendentes Municipales de las 60 comunas salteñas deberán dar aviso a los fiscales de turno de las infracciones a la normativa administrativa sobre prevención del dengue «una vez agotada las instancias previas», sin mayores precisiones.

La redacción es confusa y poco precisa, puesto que el asunto de la limpieza y la salubridad urbanas es una competencia claramente municipal y los actos jurídicos relacionados con el ejercicio del poder de policía local no prevén, principio, instancias previas o ulteriores. Toda infracción en esta materia debe ser tramitada por los municipios, a través del procedimiento sancionador establecido, y su finalización no obliga de ningún modo a los Intendentes a dar cuenta de tal circunstancia a los fiscales penales.

Para hacer un poco más creíble este ya de por sí increíble arrebato autoritario de los fiscales al mando del señor Cornejo, se citan dos preceptos del Código Penal argentino, uno de los cuales (el Art. 203) es formalmente inaplicable a la propagación del dengue, zika o chikungunya, y el otro (el Art. 203), que requiere una previa declaración formal de epidemia, quedaría excluido si se considera que el dengue, por su recurrencia y puntualidad estacional, ha adquirido en el norte argentino las características propias de una endemia.

Respecto al primer delito con el que amenazan los fiscales (el del 203), la inaplicabilidad es mucho más clara por cuanto el sujeto activo de esta conducta solo puede ser una persona que ejerza «arte o profesión» o que desempeñe un «cargo», de cualquier naturaleza, que le obligue a un cierto nivel de diligencia. No es el caso de las personas que viven en su casa o las que simplemente son propietarias de un baldío en malas condiciones, que si bien están obligados a observar las normas municipales de higiene, no pueden incurrir en un delito negligente como este por no observarlas.

En el caso del artículo 205, le bastará al ciudadano encausado con alegar y probar que el dengue es ya endémico en Salta, como sin dudas lo es, sin importar qué tan grave sea la ola anual de su producción. Lo que la norma castiga es la violación de las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una epidemia, no de una enfermedad recurrente, como las del dengue, zika y chikungunya.

Parece evidente que como hay (felizmente) poquísimos casos de Covid-19 en Salta, muchos fiscales que esperaban hacer su agosto con la cuarentena y sus innumerables violaciones, han visto cómo la pandemia no les da para vivir, y es por ello que se han centrado ahora en el dengue, cuyos casos son mucho más numerosos.

Siguiendo al pie de la letra el guion del programa gubernamental de «cárcel para todos», la vieja infracción administrativa de tener los yuyos altos en el baldío ha dejado de calentar los escritorios municipales para pasar a ser un asunto fiscal; es decir, un asunto serio con proyecciones delictivas.

Y si en Salta solo dos de diez mujeres apaleadas pueden formular denuncias ante la autoridad -no sin antes sufrir una tremenda humillación institucional- los Intendentes buchones y los funcionarios encargados del control vectorial sanitario tienen ahora un acceso irrestricto al sistema informático del Ministerio Público Fiscal de Salta, para formular denuncias digitales y hacer seguimiento de las mismas.

En suma, que la vida social está cada vez más atravesada por los fiscales penales, que en Salta prácticamente todo lo controlan. Si ya lo hacían antes de las medidas motivadas por la pandemia, ahora lo hacen mucho más, aprovechándose de que personas inermes no pueden salir de sus casas ni protestar en voz alta.

Sin dudas, el escenario dictatorial y el cercenamiento de las libertades públicas es el caldo de cultivo de otra patología grave que los salteños combatimos bastante mal: el autoritarismo fiscal.