
Según el portavoz de prensa del Poder Judicial salteño, los dos hijos del demandante -afiliado al IPS- padecen alergia a la proteína de leche de vaca, por lo que deben alimentarse con una leche especial que contiene proteínas «extensamente hidrolizadas».
El juez ha dispuesto que el IPS provea a los niños con esta leche especial, durante un año.
Según el señor Fucho, la situación está contemplada en el artículo 1 de la ley 27305, que establece que “incorporarán como prestaciones obligatorias y a brindar a sus afiliados o beneficiarios, la cobertura integral de leche medicamentosa para consumo de quienes padecen alergia a la proteína de la leche vacuna (APLV)”.
Por este motivo es que el juez ha calificado la negativa del IPS a pagar el coste de esta leche como «totalmente ilegal» y a procedido, en consecuencia, a estimar la demanda de amparo.