Un juez de Metán concede amparo a un conductor al que se negó el cambio de carnet por multas pendientes

  • El juez señor Sebastián Fucho, integrante de la Primera Sala del Tribunal de Juicio de la ciudad salteña Metán, ha estimado la acción de amparo promovida por un conductor al que la Municipalidad de El Tala le negó el carnet de conducir por tener multas impagadas.
  • Acción de amparo

Según el portavoz de prensa del Poder Judicial salteño, el conductor se vio obligado a promover el procedimiento de amparo ante la negativa de la Agencia de Seguridad Vial de El Tala, que reclamaba a el previo pago de una suma determinada por supuestas infracciones de tráfico.


De acuerdo con la información oficial, el juez Fucho ha argumentado que en el caso de las multas por infracciones a las normas de circulación resulta de aplicación el Derecho Administrativo. El magistrado ha dicho en tal sentido que «existe un proceso legal establecido al respecto».

En otro pasaje de su sentencia, Fucho ha dicho que “para que una multa sea exigible al cobro debe haber existido un proceso administrativo que así lo determine, donde básicamente se debe haber respetado el derecho constitucional a la defensa en juicio. Aun más, el cobro no es compulsivo, ya que si no se abona la multa con resolución firme de manera voluntaria, deberá el Estado a través de la autoridad de aplicación de la ley que contempla la sanción iniciar su cobro judicial vía ejecutiva, siendo el título a ejecutar un certificado emitido por la autoridad de juzgamiento de la infracción pertinente, y esto no es antojadizo, la misma ley 24449 en su artículo 85 inciso b) así lo dispone de manera expresa”.

En consecuencia, el magistrado ha considerado que la negativa a emitir la licencia de conducir por cambio de clase a favor del conductor que solicitó el amparo judicial “es manifiestamente arbitraria e ilegal, obedeciendo ello a que no es obstáculo para la emisión de licencia de conducir el pago o la existencia de multas que pesen sobre el solicitante, ya que su juzgamiento y posterior cobro tiene la vía legal correspondiente”.

Finalmente ha dicho el juez que el comportamiento acreditado de la Agencia de Seguridad Vial de la Municipalidad de El Tala vulnera de manera flagrante derechos constitucionales, tales como el debido proceso legal, la propiedad y la libre circulación.