
Cosas más raras se han visto en la vida de las instituciones de Salta, de modo que a nadie ha sorprendido el encuentro entre la jueza Sandra Bonari, y el Ministro de Cultura, Turismo y Deportes del gobierno provincial, Juan Manuel Lavallén, que ha servido para que ambos intercambien figuritas.
La excusa de la reunión ha sido la firma de un convenio marco de colaboración, bastante particular por cierto, ya que la Escuela de la Magistratura, por imposición de sus propios estatutos, no tiene ninguna finalidad de «extensión cultural».
Según el apartado f) del artículo 2º de los estatutos, la Escuela de la Magistratura puede «celebrar convenios con otras escuelas judiciales, universidades e instituciones dedicadas a la capacitación, formación, entrenamiento, y gestión judicial en procura de la excelencia, los cuales deberán tener duración temporal y ser actualizados en caso de que se considere conveniente».
Resulta bastante evidente que el Ministerio de Cultura, Turismo y Deportes no es ni una universidad, ni una escuela judicial, ni una institución dedicada a la formación en materia de gestión judicial, razón por la cual el convenio formalizado hoy entre los señores Bonari y Lavallén es claramente un convenio extraestatutario.
Por otro lado, el convenio prevé obligaciones de difícil cumplimiento y objetivos de consecución casi imposible, pues el texto habla del «desarrollo de actividades educativas, científicas y culturales, cooperar en la organización y realización de cursos, simposios, seminarios y eventos culturales de interés de ambas partes». Bien es verdad que hay un cierto espacio para lo que se podría denominar «cultura jurídica» o «cultura judicial», pero estos terrenos jamás han sido visitados por el gobierno provincial, como para decir que exista un área de interés común «de ambas partes».
Por otro lado, es realmente extraño que una de las finalidades declaradas del convenio sea la de «aunar esfuerzos en aras de acercar la tarea judicial a la sociedad», pues la enunciación de tal objetivo supone de entrada que la «tarea judicial» no se encuentra lo suficientemente «cercana» a la sociedad (lo cual, de ser cierto sería también penoso) y comportaría atribuir a un ministerio marginal, como el de Cultura, Turismo y Deportes, la representación de «la sociedad», algo que se antoja excesivo.
Si volvemos al artículo 2º de los estatutos, podremos comprobar que entre las atribuciones-deberes de la Escuela de la Magistratura no figura para nada la de «acercar la tarea judicial a la sociedad». Su cometido, en líneas muy generales, está relacionado con la formación de los recursos humanos del Poder Judicial, y no con la legitimación social de sus actuaciones públicas. Esto de «acercar la tarea judicial a la sociedad» se antoja como la posibilidad de que las mesas de entradas judiciales, en vez de funcionar en los tribunales, lo hagan en las peatonales, para que cualquiera pueda registrar en ellas recursos de inconstitucionalidad, cuando sale de comprar trapos en la Tienda San Juan.
Por otro lado, no se entiende muy bien de qué manera puede cooperar la Escuela de la Magistratura con los fines y objetivos que son propios del Ministerio de Cultura. Tal vez, cediendo el aula Dr. Rodolfo Urtubey para un festival de cumbia o para la realización de competencias deportivas del Torneo Evita, pero cualquiera de estas dos finalidades no tendrían nada que ver con la formación de los recursos humanos del Poder Judicial. A menos, claro está, que junto a la asignatura Derecho Procesal se considere imprescindible para la buena formación judicial unos sólidos conocimientos de cumbia.