La Corte de Justicia admite a trámite un recurso y suspende la expulsión de un concejal de Embarcación

  • La decisión ha sido adoptada por el voto mayoritario de los siete jueces del tribunal, ya que uno de ellos se ha pronunciado por la admisión no suspensiva de los efectos de la destitución.
  • Inconducta e indignidad moral

La Corte de Justicia de Salta ha admitido con efecto suspensivo el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el concejal de la Municipalidad de Embarcación, señor José Mauricio Makar que ha impugnado su expulsión, que fuera decidida por resolución 218/18 del Concejo Deliberante de aquella comuna.


Aclara la Corte que el efecto suspensivo genera la inejecución de la sentencia o del acto impugnado hasta que sea resuelto el recurso de inconstitucionalidad.

Según la información oficial del Poder Judicial salteño, la decisión del Concejo Deliberante de Embarcación está basada en la supuesta «inconducta» del concejal Makar en el ejercicio sus funciones, así como en una también supuesta «indignidad moral».

Los destitución decidida se encuentra fundamentada en los artículos 183 de la Constitución Provincial, 27 de la Ley provincial 6714 y 10 del reglamento interno del Concejo.

Al estudiar la admisión a trámite del recurso, la Corte ha echado mano de la doctrina según la cual los cuestionamientos contra las decisiones adoptadas por los concejos deliberantes en el proceso político de remoción de concejales tienen prevista en el recurso de inconstitucionalidad del artículo 297 del Código Procesal Civil, “la vía idónea para demandar el control de esta Corte sobre actos de esa naturaleza”.

La admisión con efecto suspensivo fue decidida por el voto mayoritario de los magistrados que integran la Corte, ya que el juez Abel Cornejo se pronunció a favor de la admisión del recurso aunque con efecto devolutivo.

{articles tags="current" limit="3" ordering="random"}
  • {Antetitulo}
    {link}{title limit="58"}{/link}
    {created} - {cat_name} - {created_by_alias} {hits}
{/articles}