
El asunto había llegado a conocimiento del máximo tribunal de justicia provincial después de que el condenado interpusiera un recurso de casación en el que argumentaba que no había quedado demostrado en juicio la existencia del hecho ilícito, porque la única prueba de cargo era la declaración de la víctima y pedía, en consecuencia, que le fuera aplicada una condena menor, previa modificación del tipo penal aplicable por el de abuso sexual simple.
Según el portavoz de prensa del Poder Judicial salteño, la madre de la adolescente comenzó a preocuparse porque su hija mostraba síntomas de parecer anorexia nerviosa. Luego de varias preguntas, la víctima le confió a su madre que sufría abusos sexuales a manos de su abuelo desde los quince años.
De la prueba pericial psicológica practicada en el proceso surge que la adolescente evidenciaba claros indicios de abuso en la psiquis, «por la afectación en la integridad y su desarrollo psicosexual».
Al desestimar el recurso, la Corte de Justicia recordó que los delitos de abuso sexual suelen desarrollarse en ámbitos privados o aislados «y frente a ello debe admitirse el análisis de todo rastro, vestigio e indicio a efectos de dilucidar lo acontecido, pues de lo contrario se correría el riesgo de que la simple ausencia de testigos implicara la impunidad».
Fuente: Poder Judicial de Salta