
La entrada en vigor del nuevo Código Procesal Penal de Salta no ha traído, ni de lejos, las espectaculares transformaciones que se prometieron en su día, ni la persecución del delito es hoy más eficiente de lo que lo fuera antes, ni los procesos más ágiles o más justos que cuando los jueces de instrucción tenían la batuta.
El poder fiscal se ha multiplicado sin límites y sin contrapartidas que protejan adecuadamente las libertades de los ciudadanos, lo que en algunos casos ha obligado a que los jueces (algunos, no todos) respondan al avance fiscal con el consabido activismo judicial, que tanto daño le hace a ellos mismos y a las instituciones en general.
Cuando se proyectó la reforma, muchos operadores jurídicos pensaron que la atribución de la potestad de instruir las causas penales traería aparejada una unificación o una simplificación de los criterios de persecución pública de los delitos. Pero esto no ha sucedido.
No solo estos criterios uniformes y previsibles no han aparecido jamás, sino que la persecución fiscal se ha convertido en Salta en un instrumento de coyuntura al servicio de los intereses del poder (entendida esta expresión en su sentido más amplio).
Por servir a estos intereses, es que en vez de investigar el asesinato y violación de las turistas francesas, en vez de perseguir a los autores que retozan en una inmerecida libertad, el ciudadano Santos Clemente Vera se encuentra irregularmente condenado a prisión perpetua, después de haber sido absuelto en primera instancia. Uno de los pocos casos de este tipo en el mundo.
Por servir a estos intereses, un ciudadano que es legítimo propietario de unas tierras productivas en el norte provincial (Huberto Bourlon) debe tolerar que la fiscal de turno brinde solapado amparo a quienes han usurpado su propiedad, obligándolo a someterse a una mediación penal, absolutamente improcedente en casos como éste.
Por servir a estos mismos intereses, una mujer (Malvina Astorga) que lucha a brazo partido por obtener la libertad de su marido detenido, acusado de haber cometido determinados delitos en la revuelta interna de un sindicato, es sometida a proceso penal, por supuestas amenazas y por haber, supuestamente también, propinado un puntapié en una pierna a un sindicalista susceptible.
Salvo en el caso del propietario desposeído, en los restantes, la actuación de los fiscales (restrictiva en el primer caso, y expansiva en el tercero) supone el ejercicio de la violencia machista a nivel institucional, una forma sutilmente perversa de violencia contra la mujer que no requiere de golpes y que sin embargo produce en las mujeres un enorme daño jurídico y psicológico.
El peor daño que podría hacerle la Provincia de Salta a las fallecidas Houria Moumni y Cassandre Bouvier es esconder la verdad sobre su muerte, negándose a investigar a los auténticos responsables. Es como volverlas a matar, si no peor.
Procesar a una mujer por unos delitos ridículos, porque tuvo la valentía de denunciar a los policías que la maltrataron en la Alcaidía General no solo es una conducta machista: es también indigna de un gobierno democrático que se llena la boca diciendo que protege los derechos de las mujeres.
Condenar a un propietario desposeído por unos irregulares sin título ni credenciales, a que su conflicto se eternice en una mediación cuando la tutela de su derecho requiere de decisiones inmediatas y ejecutivas, es la forma perfecta de demostrar la doble moral de los fiscales, cuando no la perfidia de los que gobiernan.
Mientras tanto este penoso espectáculo se sucede ante los ojos complacientes de cientos de miles de salteños, incapaces de reaccionar, el Gobernador provincial y la primera dama pasean sus dudas y tribulaciones por los puntos más remotos del país, como si su presencia en el territorio no fuese en absoluto necesaria para ayudar a solucionar problemas de machismo y perfidia institucional como estos.