El gobierno de Urtubey asegura en Salta el éxito de la huelga contra Macri

  • Frente al ejercicio del derecho de huelga se impone la concepción del Estado como instancia capaz de llevar a cabo «decisiones neutrales» de defensa de los intereses de la comunidad.
  • Un gobierno débil y domesticado que renuncia a hacer lo que debe

En Salta, y en la Argentina en general, la huelga es valorada -incluso por los gobiernos- como una especie de feriado extraoficial decretado por el poder sindical, cuya fuerza obligatoria se impone en este caso a la del Estado. Un Estado que, una vez anunciada la medida y aunque la protesta se dirija contra sus políticas, no reacciona de mejor manera que plegando sus petates, llamando a la retirada y avisando que durante la jornada de huelga va a «reorganizar» sus actividades, como si la huelga fuese en sí mismo un hecho ineluctable.


Voy a poner tres ejemplos concretos de lo que hablo: el primero, el vergonzoso anuncio del cierre patronal del Tren a las Nubes; el segundo, el aviso del señor director del Registro Civil que dice que como sus trabajadores no pueden llegar a sus puestos porque no habrá transportes, su repartición no prestará sus servicios normalmente; el tercero, el anuncio de la Municipalidad del «cronograma» de sus servicios para la jornada de hoy, como si fuera el Triduo del Milagro.

Las Administraciones públicas de Salta, cada una en su medida y armoniosamente, han decidido secundar la huelga, sin saber que al hacerlo, más que un daño al gobierno nacional, están provocando un serio perjuicio a los trabajadores con cuya causa dicen simpatizar.

El Gobernador, así como el Intendente Municipal, pueden hacer lo que les plazca en relación con la huelga y los huelguistas. Quien no puede hacerlo es la Administración pública, cuya continuidad jurídica no puede verse interrumpida por una medida de fuerza, sea o no legítima. Dicho en otros términos, la Administración no puede cerrar ni ver en la huelga un obstáculo insalvable para la prestación de su actividad, como si fuese una fábrica de colchones o una de salchichas. Antes de decidir replegarse y esperar a que escampe, debe agotar todos los recursos a su alcance para minimizar el impacto de la huelga, cualquiera sea la opinión que tenga sobre ella.

Se debe recordar que la Administración es el único sujeto de derecho al que le está permitido sustituir a los huelguistas. Y ello sucede cuando la legítima abstención de trabajar se produce en sectores críticos o estratégicos, vitales para la seguridad del Estado o de la comunidad de usuarios de los servicios públicos.

Pongamos por caso que se incendie el Hospital San Bernardo, con 165 personas internadas, y los bomberos se encuentran en huelga. El gobierno debería ser capaz de sacar las autobombas de los cuarteles e intentar apagar el fuego con la ayuda de otras personas diferentes a los bomberos en huelga.

Frente al ejercicio del derecho de huelga se impone la concepción del Estado como instancia capaz de llevar a cabo «decisiones neutrales» de defensa de los intereses de la comunidad. Este deber de neutralidad impone la obligación tanto de proteger el ejercicio del derecho constitucional de huelga (evitando las conductas que puedan obstaculizarlo, como por ejemplo un cierre de los centros de trabajo) como de proteger los intereses y los derechos de los ciudadanos, de los usuarios del transporte, de los administrados en general.

Es decir, que la actitud del Estado no puede ir en la dirección de facilitar la huelga ni de obstaculizarla, pues llegado el caso tiene que velar de una forma equilibrada y justa por la eficiencia del Estado y por la defensa de los intereses profesionales legítimos de sus empleados. Solo en caso de que la huelga plantee un conflicto abierto e inconciliable entre estos dos valores, el Estado puede decantarse por la defensa de los intereses más generales, que son los de la comunidad de usuarios de los servicios públicos, que es más amplia, más numerosa y más débil -jurídicamente hablando- que el conjunto de los trabajadores públicos.

Tal vez sea un ejemplo extremo, pero habría que recordar que en diciembre de 2010, con ocasión de una tremenda huelga de controladores aéreos en España que obligó al cierre del espacio aéreo de este país, el rey Juan Carlos I -que se encontraba en aquellos momento en la Argentina, precisamente- firmó en Buenos Aires un decreto para que el Ejército español asuma las tareas de control aéreo de AENA. Desde luego, ni el Tren a las Nubes, ni los cementerios de Salta, ni el Registro Civil ni el Mercado Municipal son tan críticos como el control aéreo de un país, pero lo que no se puede hacer frente a una huelga que amenaza con paralizar la Administración es darlo todo por perdido de antemano y actuar como si la parálisis no perjudicara a nadie.

Así, mientras los trabajadores al servicio del Estado son perfectamente libres para decidir si se pliegan a la huelga, o si van a trabajar, la Administración pública como ente no puede tomar una decisión así. Tampoco los funcionarios de más alto rango, porque se trata de una cuestión fuera del alcance de su competencia. Es decir, que ni el señor Carmelo Russo puede decidir cerrar el Tren a las Nubes por las suyas, ni el señor Assennato decidir que el Registro Civil trabaje a medio gas. Tampoco, por cierto, puede decir la Municipalidad «hoy no se recoge la basura» sin que antes el Secretario de Servicios Públicos o el de Medio Ambiente salgan a la calle con una pala y una bolsa para intentar recoger los residuos por sí mismos.

Todo lo demás comporta apoyar la huelga, y en el caso de cierre, comporta además una inadmisible negación del derecho de los trabajadores a abstenerse de trabajar, o a trabajar, sí así libremente lo deciden. Frente a un centro de trabajo o a un servicio cerrado, íntegramente o por partes, nadie puede ejercer efectivamente ninguno de los dos derechos. No se puede saber con exactitud tampoco, si la huelga ha tenido o no impacto sobre un determinado sector de actividad, lo cual provoca un serio perjuicio a la organización que la ha convocado y a la sociedad en general, en la medida en que distorsiona las cifras de seguimiento de la huelga.

Lo normal en un país civilizado es que quien se proponga cerrar un centro de trabajo durante una huelga (recordemos que la Administración, salvo casos muy excepcionales, no disfruta de este derecho) curse un aviso con la debida antelación a la autoridad laboral. Pero esto es demasiado pedir en Salta, en donde todas las potestades están confundidas, hasta el punto que la CGT, Güemes y el Señor del Milagro parecen tener un poder equivalente sobre el calendario laboral.