El juez Domínguez ordena limpiar los canales que desembocan en el río Arenales

El proceso de acción de amparo iniciado hace más de cuatro años por vecinos ribereños del río Arenales contra la Municipalidad de Salta, el Estado provincial salteño y una empresa privada, y que tiene por objeto el saneamiento del río Arenales, sigue su lento curso.

A seis meses exactos desde la fecha en que el juez Marcelo Ramón Domínguez, de la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la ciudad de Salta, realizara una inspección ocular en las márgenes del río, se ha producido una novedad importante: el magistrado ha ordenado a la Municipalidad de Salta que limpie los canales y ductos de desagüe urbano que desembocan en el río y ha emplazado a la administración local a presentar un plan de trabajo.

El magistrado ha dispuesto también la prohibición de innovar sobre la situación física del inmueble propiedad de la empresa Marozzi SRL, respecto del avance sobre las márgenes del río lindero.

En los fundamentos de su resolución, Domínguez ha recordado que el principio de prevención establecido en el artículo 4º de la Ley General del Ambiente “manda que las causas y las fuentes de los problemas ambientales se atiendan en forma prioritaria e integrada, tratando de prevenir los efectos negativos que sobre el ambiente se pueden producir y que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dicho que, tratándose de un caso ambiental, los jueces tienen amplias facultades en cuanto a la protección del ambiente y pueden ordenar el curso del proceso, e incluso darle trámite ordinario a un amparo o bien dividir las pretensiones a fin de lograr una efectiva y rápida satisfacción en materia de prevención”.

El juez ha desestimado también una solicitud de aclaración de una resolución anterior formulada por la representación procesal de la Municipalidad de Salta, argumentando que “la lectura atenta de la decisión de la Corte de Justicia, tornaba innecesarias las precisiones”.

Fuente: Poder Judicial de Salta