Avanza en el Senado el proyecto de la nueva ley del nombre

El Senado de la Nación avanza en el tratamiento de la nueva "ley del nombre" que, desde su entrada en vigor, obligará a inscribir a los recién nacidos con dos apellidos. Sonia Escudero, senadora por SaltaLa comisión de Legislación General del Senado argentino se reunió para tratar este proyecto y lo hizo con la presencia del ministro de Justicia de la Nación, Aníbal Fernández.

Para la senadora salteña Sonia Margarita Escudero, "una de las propuestas más importantes es la obligación de sumar el apellido de la madre al del padre a todos los recién nacidos”. Según Escudero, “la iniciativa surge de la necesidad planteada por los directores de registros civiles que manifestaron la existencia de algunos obstáculos para poder registrar correctamente a los recién nacidos. Con la obligatoriedad de registrar los dos apellidos se logra una mejor identificación de las personas”.

Si se convierte en ley este proyecto, todos los recién nacidos deberán ser inscritos con dos apellidos: primero el del padre y después el de la madre. Se permitirá la inscripción de apellidos compuestos tanto del padre como de la madre.

Se prevé también que el hijo reconocido sólo por su madre sea registrado con los dos apellidos de aquélla. En el caso de que la madre no dispusiera de segundo apellido, deberá añadir al propio uno proveniente de sus ascendientes, o bien elegir uno de la nómina de apellidos de uso común que se encuentre disponible en el Registro Civil.

Para el caso de los niños reconocidos por su padre con posterioridad a su inscripción, se adicionará al primer apellido materno el primer apellido paterno.     

En cuanto al nombre de las personas cuyo nacimiento se hubiera inscrito con anterioridad a la entrada en vigor de la futura ley, el proyecto prevé que los padres o representantes legales de los menores de 18 años podrán solicitar ante el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas la adición del apellido materno. Igual derecho tendrán quienes hayan alcanzado ya la mayoría de edad. 
                

El apellido de casada/o


Un  debate aparte se suscitó cuando la salteña Sonia Escudero propuso eliminar cuatro artículos que se referían a la adición del apellido del cónyuge porque entendía que “se trataba de una cuestión de subordinación de la mujer con respecto al hombre, que no estaba contemplada en el Código Civil y que fue incorporado en la ley del nombre de 1969, conforme las ideas de la época. Las mujeres que se casaban entonces, se cambiaban su nombre por el apellido del marido”.

Con la modificación propuesta por el Ejecutivo se abre la posibilidad para que ambos cónyuges puedan añadir el apellido del otro: podrá la mujer adicionarse el apellido del marido y a la inversa. Para Escudero con la eliminación de estos artículos se evitarían una serie de efectos legales que genera el uso del apellido del cónyuge (en caso de separación o divorcio, o muerte de unos de los cónyuges), sin que ello implique la desaparición de su empleo por efecto de la costumbre.