
Godoy propone crear, a estos efectos una Comisión del Digesto Jurídico encargada de confeccionarlo, que estará presidida por una Mesa Directiva integrada por representantes de ambas Cámaras Legislativas. El plazo para concluir el Digesto Jurídico Provincial y someterlo a la aprobación de la Legislatura de Salta será de 12 meses, a partir de la constitución de dicha Comisión.
Es decir que lo que al mítico emperador romano le llevó décadas y décadas de trabajo, a Godoy y a sus compiladores les llevará sólo 12 meses.
La Comisión del Digesto estará facultada para requerir a las diferentes dependencias de la Administración y entes autónomos, así como a órganos del Poder Judicial, la información que considere necesaria. El proyecto establece la obligatoriedad de proporcionar la información requerida y la posibilidad de que las instituciones privadas sean también requeridas por la comisión para facilitar "datos y antecedentes que considere de interés".
Decidido a dejar huella profunda en la historia jurídica de nuestra Provincia, Godoy señala que en la elaboración del digesto "se emplearán técnicas y procedimientos de recopilación para la clasificación, depuración, inventario y armonización de la legislación vigente", pero omite decir cuáles serán estas técnicas de recopilación.
Más confuso todavía es su propósito de "unificar en un solo texto legal o reglamentario..." (desgraciadamente Godoy carece de facultades para organizar el nivel normativo "reglamentario" del Estado) "...de normas análogas o similares sobre una misma materia".
Se trata de un cometido casi imposible, ya que el "digesto" requeriría algo más que una mera operación de recopilación, depuración e inventario, sino una auténtica tarea de creación de Derecho nuevo. Además, es del caso suponer que "las normas análogas o similares sobre una misma materia" se excluyen las unas a las otras y es tarea de los jueces -no del Poder Legislativo- determinar con arreglo a los criterios y principios jurídicos de sucesión normativa, cuál de ellas se encuentra en vigor.
Y muchísimo más confuso -virtualmente ininteligible- es su propuesta de "ordenamiento para traducir la aprobación de textos ordenados y compatibilizados en materias varias veces reguladas y/o modificadas parcialmente". O faltan en la frase algunas preposiciones, o el señor Godoy, en vez de emular a Justiniano, está intentando hacerlo con Groucho Marx y aquello de "la parte contratante de la primera parte será considerada como la parte contratante de la primera parte y la parte contratante de la primera parte será considerada en este contrato como la parte contratante".