Solá Torino recupera la libertad tras 23 días de prisión preventiva

El destituido magistrado del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Salta, José Antonio Solá Torino, recuperó ayer la libertad tras cumplir con la exigencia de caución que el fallo que estimó su excarcelación le impuso para poder hacer efectiva su libertad. José Antonio Solá TorinoSolá Torino permaneció detenido, cumpliendo prisión preventiva, durante 23 días, tiempo en el que estuvo alojado en dependencias especiales de la Delegación Salta de la Policía Federal Argentina.

Tras ser destituido, el exmagistrado fue objeto de una orden de busca y captura, dispuesta por el juez Miguel Antonio Medina, titular del juzgado federal Nº 2 de Salta, si bien Solá Torino quedó detenido tras haberse presentado a tales efectos ante la Policía Federal de Salta.

La excarcelación del magistrado destituido, que fue denegada en primera instancia por el juez Medina, fue acordada finalmente por la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, que, si bien tuvo en cuenta que el juez no eludiría la acción de la justicia ni entorpecería con su libertad la investigación en su contra, le impuso una fianza de 50.000 pesos, que al final tuvo que ser sustituida por el derecho real de hipoteca.

¿Ensañamiento o justicia?


La pronta puesta en libertad de Solá Torino, y los motivos que la justificaron, pone en serio entredicho el recto proceder del juez de primera instancia, pues si, como parece, el procesado estaba en condiciones jurídicas de esperar su juicio oral en libertad, tanto la orden de captura, como la posterior detención del juez, así como la inspección que habría llevado a cabo el juez Medina sobre las condiciones de detención del procesado, con objeto de que no disfrutara de "comodidades excesivas", ponen de manifiesto una exarcerbación de los preceptos legales aplicables, no con objeto de asegurar el proceso ni de impartir justicia, sino simplemente de hacer más incómoda la situación del procesado.

La pública humillación de las personas, por graves que sean los crímenes que hubieran cometido, no forma parte de las penas que se pueden aplicar en nuestro ordenamiento jurídico.

El ensañamiento de un magistrado contra otro que lo fue, no constituye un indicador de una mejor o más rigurosa justicia, sino que, en el peor de los casos, señala hasta qué punto las revanchas personales pueden distorsionar la recta aplicación de las normas de jurídicas y el principio de igualdad de los ciudadanos ante la Ley.