El concejal Diego Saravia se la juega contra la 'Intendencia Isa'

Lo mentideros políticos salteños se vieron conmocionados hoy por la difusión de un “borrador” de ideas que pretenden regular la publicidad oficial que, con crecientes y sustanciosos recursos, viene llevando adelante la Municipalidad de la Ciudad de Salta. Los contertulios daban por hecho que el anteproyecto lanzado al debate público por el Concejal Diego Saravia molestaría sobremanera el señor Intendente de la Capital. Don Hernando de IsaYa era hora. Después de soportar con santa paciencia el atropello a la forma republicana de gobierno de una publicidad abrumadora que identifica a la ciudad de Salta y a su Intendencia con el nombre del actual jefe del gobierno municipal, un salteño ha reaccionado.

Y correspondió a don Diego Saravia el honor de ser el primer salteño en dar el puntapié inicial para poner las cosas en su sitio.

Si bien es verdad que, antes que don Diego, vengo denunciando desde Iruya.com la aberrante campaña publicitaria de don Hernando de Isa, mi condición de tarijeño me obliga a ceder la primacía a don Diego.

En sus partes sustantivas, el “borrador” propone establecer que:

Que el uso de los fondos públicos para promover la imagen, voz, nombres y demás instrumentos de identificación personal o partidario, de diferentes funcionarios y autoridades, especialmente con fines electorales, tanto en la función prensa como en las campañas publicitarias es incorrecto. A tal efecto es correcto citar el cargo o función más no su nombre, ni su imagen ni su voz.

Que toda asignación de subsidios a terceros y distribución de espacios entre organizaciones sociales, culturales o políticas debe hacerse en órganos colegiados con representación pluri partidaria proporcional como las legislaturas.

Que toda campaña debe contar con aprobación por resolución del Consejo Deliberante.

El articulado es, si cabe, mas claro:

Artículo 4°: Se prohíbe a las entidades públicas objeto de la presente y a los funcionarios de las mismas, en relación a las actividades comprendidas:

2. Identificar personalmente a autoridades o funcionarios públicos, especialmente a candidatos en épocas electorales, citándolos por su nombre, utilizando simbología que remita a ellos o a sus partidos políticos, o incluir sus imágenes o su voz. Sólo podrán ser referidos mediante el cargo institucional que ejerzan. Especialmente se prohibe la mezcla de los símbolos que identifican a las instituciones con los personales, o la creación de simbología institucional asociada a determinado funcionario o "gestión".

Mis felicitaciones mas calurosas al señor Concejal Diego Saravia por su noble intento de acabar con el abuso y restaurar la vigencia de los principios republicanos.

Ojala su valentía encuentre eco y acompañamiento.

Aquí no hay más Hernando fundante de ciudades que el de Lerma, ni más Adán fundante de una estirpe que el esposo de Eva.

Pienso que a los cientos de Hernandos y de Adanes que, ciertamente existen en Salta, no se les pasaría por la cabeza “ni ebrios ni dormidos” postular sus ilustres nombres para reemplazar el que desde antes de Colón lleva este hermoso Valle.

Afortunadamente, "aún hay gauchos en Salta".