
El aguas es un elemento estratégico de dominio público destinadas a las necesidades de consumo de la población, el servicio nunca puede estar subordinado a la renta extraordinaria que pueda obtener una empresa particular.
La segunda de las razones para la re-estatización es el incumplimiento de las obligaciones contractuales. Veamos el servicio y el mantenimiento. No se instalaron el 90 % de los medidores al cumplirse los 5 años de concesión. Ha incumplido la obligación de garantizar una presión de columna de agua de l0 m en los primeros 10 años. Esta es la razón por la cual no puede cobrar sus servicios en algunas localidades, por ejemplo en Hipólito Irigoyen. Debe garantizar el servicio de agua potable las 24 horas, cosa que no se cumple. Además, cuando el corte excede las 18 horas, Aguas de Salta debería proveer servicios de abastecimiento de emergencia, obligación que tampoco respeta. .
Como si todo esto fuera poco, las características microbiológicas y fisicoquímicas del agua, no responden a las obligaciones contractuales. El agua es turbia. La presencia de algas en el Departamento San Martín, dio motivo a denuncias penales no solo contra Aguas de Salta sino también contra el Ente Regulador. Los análisis que diligenciaron la Asociación de Usuarios muestran que el agua no es potable. Es tanta la desconfianza que los usuarios beben agua compradas en bidones. La cantidad de boro en el agua para consumo humano (por ejemplo en algunos lugares de la ciudad de Salta y en San Antonio de los Cobres) excede largamente los parámetros del contrato de concesión y por muy lejos los de la OMS (Organización mundial de la salud) y la (UE) Unión Europea. Lo mismo ocurre con el manganeso (Embarcación, Hipólito Irigoyen, entre otras localidades del norte) y con el arsénico en la puna, en especial en San Antonio de los Cobres.
Cabe añadir, por otra pare, que la concesionaria se obligó a efectuar inversiones escalonadas en el tiempo, por 70 millones de dólares aproximadamente. Y esa es la razón fundamental por la cual se le adjudica la licitación. Pero, a raíz de la crisis de 2001 y 2002, el gobernador les perdona a la concesionaria las inversiones comprometidas. Los montos de las inversiones pasan a llamarse Gastos de gerenciamiento.
Es una aberración humillante para todos los salteños que, por un acto administrativo, las contingencias de la crisis mas terrible que sufrió el país, las tenga que soporta el usuario que paga el servicio, el Estado que hace las inversiones y que Aguas de Salta siga haciendo caja cobrando el agua y las cloacas. Más de 20 municipios, no cuentan con los servicios de Aguas de Salta. Ni siquiera cuentan con el asesoramiento de Aguas de Salta, que es otra de las obligaciones contractuales incumplidas.
Si se me permite una ironía, señalaré que la perfección de Agua de Salta no esta en el agua sino en su régimen de cobranza.
La ley 7.416 (Art. 4º) prohíbe a las empresas de servicios públicos cobrar a los usuarios morosos, una tasa diaria de interés superior a la aplicada por el Poder Judicial Provincial. Cuando el acreedor es un banco, la norma admite hasta un interés anual del 24%. Entre particulares el máximo es el 18% anual. Son tan alevosos que Aguas de Salta está cobrando una tasa del 60% anual para los primeros treinta días de mora y del 120% anual mas un uno por ciento mensual acumulativo, para la mora superior a los treinta días. Es evidente que si la concesionaria puede llegar a cobrar 120% de interés anual mas el 1 % acumulativo, desde la óptica financiera vender la distribución de agua es tan redituable como plantar soja y no pagar impuestos.
Quisiera concluir esta nota expresando que me parece muy acertada la decisión de Urtubey de re estudiar todos los contratos de las concesiones y contratos. En el tema del agua y cloaca yo me inclino por la estatización.