La declaración gubernamental, que se retrotrae al día 1 de marzo de 2008 y se extiende hasta el 28 de febrero de 2009, está motivada por el exceso de precipitaciones y caída granizo, enfermedades producidas por hongos de suelo, emponchamiento y pérdidas de suelos cultivados por la crecida de ríos y arroyos. Los productores cuyos cultivos fueron afectados en más de un 50% deberán realizar la denuncia de los daños sufridos con carácter de declaración jurada. Por su parte, la Secretaría de Asuntos Agrarios, actuará como organismo receptor y de control de las declaraciones juradas y como entidad certificadora de los perjuicios.