Notitia Criminis

  • Ahora que el hiperactivo Procurador General de Salta ha creado para todos nosotros la tan esperada Fiscalía de Seguridad Vial, nos preguntamos si la festividad del Milagro está contemplada en el Código Penal (o en la Ley de Tránsito) como elemento excluyente de la antijuridicidad de ciertas conductas peligrosas.
  • Milagrosa seguridad vial

Como ilustra esta fotografía, publicada por el diario El Tribuno de Salta, no todo ha sido una explosión de fe y seguridad sanitaria en la procesión alternativa, como eufóricamente lo anunció el gobernador Gustavo Sáenz.


Hubo quienes siguieron el paso de las imágenes montados en motos y scooters, unos con barbijos, otros a cara descubierta; unos con casco y otros sin él.

Pero lo llamativo es que así como la fe mueve montañas, también mueve a algunas familias a montar a tres de sus miembros en una minúscula moto y sin casco. En condiciones no-procesionales tal conducta habría sido severamente castigada por la autoridad.

Ahora que los fiscales de Salta, que disparan a todo lo que se mueve y que no necesitan para actuar ninguna denuncia, es razonable preguntarse si actuarán de oficio ante esta tan peculiar manifestación de inseguridad vial.

Si al final los fiscales se deciden a investigar el asunto, correspondería exonerar de responsabilidad a los presuntos y aparentes infractores a condición de que dejen en consigna fiscal esa bella réplica de las Sagradas Imágenes montada sobre una caja de zapatos, en la que no faltan los claveles rojos y blancos.

Como decía el pai Olmedo: «Y... Si no me tienen fe...»