La humillación procesal de los curas, un objetivo a medio conseguir

  • Si hay algún lugar en la Tierra en donde las leyes se aplican según la cara del cliente, ese lugar es sin dudas la Provincia de Salta, en la República Argentina.
  • La situación de Zanchetta frente a la de otros curas

No está del todo mal que el obispo emérito de Orán Gustavo Zanchetta afronte su proceso penal en libertad. La prisión provisional, en su caso y en la generalidad de los casos, debe emplearse siempre como extrema ratio.


El argumento de que su libertad provisional puede poner en riesgo la efectividad de la sentencia que ponga fin al proceso es bastante débil, puesto que se trata de un cura (no de un narcotraficante) y los curas, a diferencia de los anteriores, no tienen a dónde huir para eludir así la acción de la justicia.

Pero la libertad de movimientos de Zanchetta o las continuas oscilaciones de su situación personal de cara al proceso que se le instruye en los tribunales penales de Orán no es lo que irrita el sentimiento republicano de la igualdad ante la ley, sino que lo es el tratamiento procesal que reciben otros curas, acusados -al igual que Zanchetta- de delitos contra la integridad sexual de las personas.

La popular, en su mayoría, quiere ver a los curas entre rejas, aunque sean inocentes. Y es por esta razón que otros, que no son obispos, que no tienen sonoros apellidos italianos y carecen de empleo rentado en el Vaticano, se las ven en figurillas para evitar que jueces y fiscales los traten como a seguros delincuentes y no como presuntos inocentes, como la Ley y la Constitución dicen que hay que tratarlos.

Los casos de los curas Balbi, Rosa Torino, Aguilera o Lamas son ejemplos vivientes de este inexplicable trato diferencial, que se vuelve bastante odioso en el caso de Zanchetta, pero que es definitivamente intolerable en el caso del cura Alessandro de Rossi, protegido por la justicia ordinaria de Roma, que con argumentos dignos de una república bananera ha impedido que el sacerdote haya podido ejercer su defensa ante los tribunales penales de Salta y dejado en esta Provincia una horrible sensación de culpabilidad.

Por tanto, quienes están empeñados en hacer trizas el prestigio de los curas y rebajarles el aura de que gozan en un cierto sector de la sociedad, tienen su trabajo a medio hacer, pues según quien sea el cura, el apellido que porte, el color de su piel, el acho de su faja, la institución a la que sirva o los amigos que lo protejan, así será tratado por jueces y fiscales.

Si los delitos son muy parecidos y lo son también las circunstancias de su presunta perpetración, lo más lógico es que las medidas cautelares con las que se procura asegurar la efectividad el proceso penal sean más o menos las mismas. Es decir, a unos no se les puede dejar en libertad y sellarles el pasaporte de salida y entrada como si estuvieran en un parque de diversiones, y a otros no se los puede someter a periciales psiquiátricas y extracciones de ADN, con grilletes y prisión domiciliaria, porque en tal caso se produciría un agravio al derecho a la igualdad ante la ley.

Que los curas deben pagar por las cosas malas que han hecho (si es que las han hecho, si se demuestra en juicio que son ellos los autores de las felonías y si no ha pasado el plazo señalado en la ley para la prescripción de la acción penal) es algo sobre lo que no tiene que haber ninguna duda. Impunidad cero es el objetivo, así sea un cardenal el que se siente en el banquillo.

Ahora bien, por debajo de este objetivo, lo que no se puede hacer es acomodar la legalidad a gusto del cliente, para beneficiar a unos curas o perjudicar a otros, porque una cosa así rebaja la seriedad de nuestras instituciones dedicadas a la persecución de los delitos.

Solo habrá condenas justas si estas se pronuncian al cabo de procesos también justos y equitativos. Los jueces y fiscales de Salta deberían tomar buena nota de esto.