
El sacerdote Ignacio de Loyola Pinto y de Sancristóval, que hasta hace poco tiempo fue mano derecha del Arzobispo de Salta, Mario Antonio Cargnello, en asuntos relacionados con la pederastia en el ámbito de la iglesia católica, ha utilizado su perfil de Facebook para cargar de modo brutal contra las militantes pro choice, a quienes, sin distinguir entre ellas y sus diferentes sensibilidades, ha llamado «asesinas» y «destructoras de vidas».
Las afirmaciones del sacerdote hispano han sido efectuadas con ocasión de la noticia del fallecimiento de una recién nacida en la Provincia de Jujuy, a cuya madre -una niña de 12 años- las autoridades provinciales, con diferentes argumentos, le negaron el acceso a la interrupción del embarazo prevista en la ley.
La cuestión podría pasar por un encontronazo más de los tantos habidos entre el sacerdote -conocido simpatizante de Vox, el nuevo partido de la ultraderecha española- y las militantes de la izquierda feminista, pero se interna en un terreno de peligrosa desobediencia al Estado de Derecho argentino, por cuanto el cura -Licenciado en Derecho- ha adoptado una postura frontalmente contraria al artículo 86.2 del Código Penal de nuestro país, y al pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el conocido caso Fal.
Cabe recordar que en España -país natal del sacerdote- la Ley Orgánica 9/1985, aprobada el 5 de julio de 1985, despenalizó el aborto inducido en tres supuestos, uno de los cuales es la violación. De acuerdo con esta norma -cuyos supuestos luego fueron extendidos por la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, hoy en vigor- la gestante podía interrumpir el embarazo en centros públicos o privados en las primeras 12 semanas de embarazo.
La Ley Orgánica 2/2010, conocida también como ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, constituye en España la garantía de los derechos fundamentales de las mujeres en el ámbito de la salud sexual y salud reproductiva establecidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
La norma española -de la que el señor Pinto y Sanscristóval no habla, seguramente porque los curas españoles la tienen bastante bien asumida- regula las condiciones de la interrupción voluntaria del embarazo y establece las correspondientes obligaciones de los poderes públicos. En su Título II, artículos 13 y 14, se concreta la despenalización de la práctica del aborto inducido durante las primeras 14 semanas del embarazo. Durante este tiempo, la mujer podrá tomar una decisión libre e informada sobre la interrupción de su embarazo. No habrá intervención de terceros en la decisión.
Así las cosas, sobre las «asesinas» españolas, el cura de Vox guarda silencio, pero no deja pasar una a las que en la Argentina defienden exactamente lo mismo que en su país de origen ha sido reconocido por la Ley -sin mayores controversias, por cierto- hace más de 35 años.