
En su mensaje a la cámara, los jueces de la Corte de Justicia afirman que “la experiencia judicial en el devenir de su implementación general así como su reiterada aplicación a los casos concretos ha revelado la conveniencia de propiciar ajustes que coadyuven a una adecuación más precisa de ciertos institutos que se encuentran a lo largo de la sustanciación del proceso penal, como a su mayor efectivización, con sustento en criterios jurisprudenciales ya consolidados y en los datos de la experiencia, todo ello bajo el prisma invariable de la seguridad jurídica, sin olvido de los derechos fundamentales del imputado, de la víctima y del interés público en la justa aplicación de la ley penal sustantiva”.
Entre las modificaciones propuestas, se contempla añadir un artículo 538 bis en el libro IV del Código Procesal Penal, y adecuar el artículo 425 a las disposiciones de la ley nacional 27147 que modifica el régimen de pervivencia de la acción penal.
Según señala el portavoz de prensa del Poder Judicial salteño, algunas de las modificaciones incluidas en el proyecto tienen como base la jurisprudencia del alto tribunal elaborada en relación con las acciones populares de inconstitucionalidad y, en particular, con los casos «Del Pla» y «Romani».
Fuente: Poder Judicial de Salta