
La carta, fechada el día 20 de noviembre de 2019 (es decir, solo veinte días antes de que Urtubey debiera abandonar sus responsabilidades como Gobernador de Salta) es en realidad una especie de salvoconducto, pues del lenguaje empleado en su redacción se infiere que ha sido extendida con el único propósito de ser presentada ante la autoridad consular española en la Argentina, para que el señor Urtubey, su esposa y su hija, pudieran obtener el visado especial previsto en el artículo 72.1.d) de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
De confirmarse este extremo, la utilidad de la citada carta -más que la justificación de una actividad académica en país extranjero- se ciñe a la de servir como vía segura para que el exgobernador Urtubey pudiera abandonar el país durante un tiempo largo (es decir, sin fecha de retorno) y eludir así los pedidos de rendición de cuentas de su gobierno en Salta, que bien vale la pena recordar, ha durado doce años.
Defectos de la carta
Pero la propia «carta invitación» contiene los elementos que la destruyen como argumento de justificación de lo injustificable.En primer lugar, la carta es de fecha anterior a las comunicaciones oficiales de la Universidad Loyola Andalucía en las que expresa, con inusual contundencia y convicción, que Urtubey:
1) No tiene ni ha tenido vinculación contractual de ningún tipo con esa Universidad.
2) Que no ha sido invitado a formar parte del claustro.
3) Que no imparte clase alguna en esa Universidad.
Los que defienden a Urtubey, antes de salir a agitar una carta de fecha anterior a la desmentida oficial de Loyola, deberían haber dado a conocer algún documento posterior que desmienta lo que la Universidad ha afirmado, con reiterada insistencia, en sus perfiles oficiales de las redes sociales. La carta de 20 de noviembre no solo ha sido refutada por la Universidad Loyola sino que ha sido claramente superada. En cualquier parte del mundo y en parecidas circunstancias, los documentos posteriores emanados de la misma persona o autoridad tienen más valor que los anteriores cuando existe contradicción entre ellos.
Entre el 20 de noviembre de 2019 y el 18 de febrero de 2020 pueden haber sucedido muchas cosas (por ejemplo, una revocación de la invitación o cualquier otra circunstancia que enerve las razones de la carta) que los defensores de Urtubey no hay conseguido explicar con su arrebatado recurso. Muchas dudas quedan aún flotando en el ambiente. Entre ellas, la aceptación escrita de Urtubey, que nadie ha mostrado.
En segundo lugar, para que Urtubey (o cualquier otra persona) pueda ser considerado profesor contratado por una Universidad española o disfrutar de tal estatus, se requiere como condición sine qua non un contrato escrito, que no ha aparecido todavía, y que según Loyola no se ha suscrito con Urtubey en ningún momento.
Por otro lado, si bien el señor Alés Sioli puede, como cualquier ciudadano español, invitar a un extranjero a visitar territorio nacional, al mismo tiempo carece de facultades legales o estatutarias para representar u obligar a la Universidad Loyola Andalucía en las relaciones de trabajo que esta entabla con sus profesores extranjeros. El apartado d) del artículo 71.1 de la citada 14/2013, de 27 de septiembre establece con claridad que tienen derecho al visado especial, no los profesores meramente invitados por algún amigo, sino «Los profesores contratados por universidades, órganos o centros de educación superior e investigación, o escuelas de negocios establecidos en España».
Si Urtubey hubiese sido regularmente contratado como profesor; es decir, si «formara parte» del claustro de profesores de la Universidad, su nombre debería figurar entre los profesores, si no de la Universidad Loyola Andalucía, al menos de su Curso de Experto en Mediación. Sin embargo, en este curso solo figuran los nombres de los señores Javier Alés Sioli, Gabriela Alés Hermosa y Juan Diego Mata Chacón.
Por el momento, y pendientes de que el señor Alés Sioli o el rector de la Universidad Loyola Andalucía, el catedrático Gabriel María Pérez Alcalá, digan algo al respecto, solo cabe pensar que la posición oficial de la Universidad en las redes sociales prevalece sobre la carta invitación que fue publicada desesperadamente ayer en Salta.
Un currículum paupérrimo
Las cartas-invitación para profesores e investigadores extranjeros que luego se utilizan para tramitar visados y autorizaciones de estancia o residencia, suelen contener, además del nombre y apellido del invitado, una sucinta referencia a su trayectoria y sus méritos académicos.En el caso de Urtubey, es llamativo que la carta solo diga de él que es «abogado y profesor», ya que deja entrever que el invitado carece de cualquier experiencia profesional en la materia de la mediación, que es precisamente la que justifica la invitación.
Es preciso recordar que la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, ha sido sancionada por el Parlamento español con la finalidad, entre otras, de favorecer la movilidad del conocimiento y «mejorar el entorno de la investigación, el desarrollo y la innovación», objetivos que no se satisfacen en absoluto con la invitación, para una finalidad académica, de una persona sin ninguna experiencia en la materia y sin artículos científicos publicados sobre el tema.
Si algunos de los extremos valorados en este artículo llegaran a confirmarse, el visado del exgobernador de Salta y de su familia podría haber sido obtenido en violación del derecho español vigente en materia de extranjería, con las consecuencias que ello supone.
