
Los motochorros, de 26 y 27 años, pemanecerán en la cárcel en donde ya venían cumpliendo prisión preventiva.
En la misma sentencia, la magistrada declaró inconstitucional el artículo 360 del Código Procesal Penal, en el párrafo concerniente al límite de pena de seis años de privación de libertad conminado en abstracto.
Los condenados fueron denunciados por tres repartidores de una empresa de gaseosas, por un hecho ocurrido en abril de 2013 en el barrio Fraternidad. En aquella ocasión los tres denunciantes se encontraban descargando mercadería en un negocio cuando fueron asaltados por los dos motochorros, quienes les sustrajeron una billetera, tarjetas de crédito y débito y dinero de las cobranzas.