
Nioi fue condenado, además, al pago de las costas procesales.
La decisión del tribunal impone a ambos condenados la obligación de constituir domicilio dentro de los diez primeros días de cada trimestre, bajo apercibimiento de revocación de la condicionalidad de la pena. El condenado Vélez es notario de profesión.
Finalmente, el tribunal -integrado por los jueces Héctor Alavila, Norma Beatriz Vera y Federico Javier Armiñana Dohorman declaró la inexistencia de la inscripción registral correspondiente al Libro 3 R.I., folios 69/70/75/81/87, Asiento 3/2/3/2 departamento 02/Anta, así como de todos los registros sucesivos y consecuentes de conformidad a lo dispuesto por el artículo 29 inciso 1 del Código Penal, artículo 3270 del Código Civil y artículo 73 inciso F de la Ley 5348.
Fuente: Poder Judicial de Salta