El IPS de Salta conmemora el Día del Síndrome de Asperger con una nueva sentencia judicial adversa

La magistrada señora Verónica Gómez Naar, miembro de la Segunda Sala del Tribunal de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la ciudad de Salta, ha condenado al Instituto Provincial de la Salud de Salta a «otorgar cobertura integral de las prestaciones multidisciplinarias» (a pagar los tratamientos) que necesitan dos niños afectados de diferentes patologías.

Uno de los niños padece trastorno espectro autista y retraso maduraativo; el otro sufre de trastorno generalizado del desarrollo o síndrome de Asperger. Sus padres son afiliados forzosos al Instituto demandado, que se encarga de gestionar las prestaciones de asistencia sanitaria principalmente a los agentes de la administración del Estado provincial.

La sentencia de Gómez Naar se ha hecho pública hoy, día 18 de febrero, en el que precisamente se conmemora el Día Internacional del Síndrome de Asperger.

El pronunciamiento judicial pone fin, al menos en la primera instancia, al proceso de acción de amparo iniciado por los representantes legales de los niños, quienes en su escrito inicial argumentaron que la falta de tratamiento «influye notablemente en el desarrollo integral de los niños con características especiales».

La sentencia ordena la cobertura integral de las prestaciones solicitadas de psicopedagogía, fonoaudiología, psicología cognitiva y jardín terapéutico con maestra especial en el caso de uno de los niños y de terapia cognitiva conductor, psicopedagogía, fonoaudiología, psicología, fisioterapia, acompañante terapéutico y maestra especial para el otro niño.

De acuerdo con la misma sentencia, la orden de cubrir aquellas prestaciones se mantendrá vigente «durante el tiempo que resulte necesario para la evolución de la salud de los niños a criterio de sus médicos tratantes».

Razonamientos y condena dineraria

En sus fundamentos, la sentencia argumenta que «el derecho a la salud, máxime cuando se trata de personas con discapacidad, está íntimamente relacionado con el derecho a la vida, siendo éste el primer derecho de la persona humana que resulta reconocido y garantizado por la Constitución Nacional: El hombre es el eje y centro de todo el sistema jurídico y en tanto fin en sí mismo -más allá de su naturaleza trascendente- su persona es inviolable y constituye un valor fundamental, con respecto al cual los restantes valores tienen siempre carácter instrumental».

Añade asimismo que «los trastornos que sufren ambos niños –tanto el autismo como el síndrome de Asperger- requieren de tratamientos multidisciplinarios especializados desde los primeros años de vida que resultan vitales para alcanzar los mejores resultados posibles dentro de cada caso particular, y que los centros que brindan tales tratamientos son escasos en nuestra Provincia».

La sentencia que ha estimado la acción de amparo condena a la agencia gubernamental demandada a pagar a los actores la cantidad de 7.281,31 pesos en concepto de reembolso de gastos efectuados.

Fuente: Poder Judicial de Salta