
El detenido es el ciudadano Juan Pablo Varela, que se dedica al boxeo de artes marciales y que ha sido provisionalmente imputado de tres delitos de lesiones agravadas por la relación de pareja previa, cuatro delitos de desobediencia judicial, uno de privación ilegítima de la libertad agravada, dos delitos de agresión con arma impropia y daños en perjuicio de su expareja.
También se encuentra imputado el mismo Varela por otra larga serie de delitos cometidos, presuntamente, contra otra pareja suya.
Lo llamativo de este asunto es el florido lenguaje con que la magistrada ha despachado la medida cautelar contra Varela.
En sus razonamientos jurídicos, la señora Puertas dice lo siguiente:
“Corresponde señalar que la mirada del caso se realizará desde una perspectiva de género, en razón de que los actuales tiempos me interpelan a repensar el concepto de género modificado, que no tiene ya por finalidad empoderar a la mujer, sino deshacer la estructura binaria”.
Y es con tanto ahínco que la señora Puertas se propone «deshacer la estructura binaria» que, a renglón seguido escribe:
Existe “una cierta diversidad que es reconocida en el plano constitucional y convencional, la cual desemboca necesariamente en microsistemas con aproximaciones diversas hacia las personas y sus circunstancias”.
Para Puertas, estos «microsistemas con aproximaciones» provocan efectos «en el plano de los derechos y también en los procedimientos de cómo se construyen los estándares de derechos de las personas y circunstancias que las rodean de especial protección».
Hasta esta enfática declaración, no se sabía que los «microsistemas con aproximaciones» tuviesen tanta fuerza como para modificar las leyes y la «construcción de los estándares de derechos de las personas».
Según Puertas, la gravedad de los hechos denunciados por las dos mujeres indica que no se tratarían de episodios aislados. Es la entidad del daño causado a las víctimas, así como el aprovechamiento de su indefensión, lo que ha impulsado a la señora Puertas a imponer la prisión preventiva a Varela. Es decir que de «riesgo procesal» casi nada y de «castigo anticipado» mucho.
Para encarcelar al todavía presunto agresor, la señora Puertas ha dicho haber tenido en cuenta los «antecedentes» del acusado y entre ellos menciona «varias denuncias radicadas en su contra», aun a sabiendas que las denuncias no constituyen «antecedentes» en sentido estricto.
También ha valorado Puertas las «condiciones personales» de Varela, «los vínculos con las supuestas víctimas» y «las circunstancias de tiempo, lugar, modo y ocasión relatadas que demuestran su mayor peligrosidad». Es decir, que la jueza ha tenido en cuenta un cúmulo de «circunstancias» que no ha comprobado personalmente sino que le han sido «relatadas» por quienes ella llama «supuestas víctimas». Si las víctimas son «supuestas», por lógica deducción, su «relato» también es «supuesto», a menos que entren en juego aquí los microsistemas con aproximaciones y la perspectiva de deconstrucción binaria.
Pero claro, todo cobra sentido si uno no pasa por alto que estamos frente a una «estructura binaria» que es preciso deshacer y descomponer en una miríada de «microsistemas con aproximaciones». Cuando estos altísimos conceptos técnicos entran en juego, no hay varón que pueda proclamar su inocencia.