La Corte de Justicia de Salta decide compensar a quienes trabajaron durante la segunda feria extraordinaria de 2020

  • La decisión del tribunal se apoya en la Acordada nº 13275, fechada el pasado 12 de enero de 2021.
  • Lo habían solicitado tres jueces de Cámara

Al final, la Corte de Justicia de Salta terminó dándole la razón a los tres jueces que, en nombre de todos los trabajadores judiciales designados para prestar servicios durante la feria judicial, solicitaron mediante un escrito, registrado a comienzos del pasado mes de septiembre, que los días de trabajo durante la segunda feria extraordinaria les fueran compensados de la forma prevista en el Reglamento Interno del Poder Judicial de Salta, aprobado mediante Acordada 5159 de fecha 3 de octubre de 1979.


La Corte no respondió jamás y en ningún sentido al escrito que en su día firmaron los jueces Marcelo Domínguez, María Inés Casey y María Silvina Domínguez.

Antes al contrario, el documento en el que constaba el pedido fue filtrado interesadamente a los medios de comunicación -concretamente al diario El Tribuno- no con otra intención que la de levantar una ola de calumnias infundadas contra los tres jueces que, en nombre propio pero también en nombre del conjunto de los trabajadores judiciales, habían firmado la solicitud.

A pesar de que la filtración -atribuida en su día a los operadores políticos de la misma Corte- no permitía de ningún modo discernir si el pedido de compensación había sido rechazado o no, los medios alimentaron entonces en la opinión pública la imagen de tres jueces egoístas, avariciosos e insolidarios, frente a una Corte magnánima y generosa que siempre puso por delante la gravedad de la situación epidemiológica.

Pero los hechos no sucedieron de este modo, como queda demostrado por la decisión de la Corte de conceder, efectivamente, los días compensatorios solicitados.

El asunto coincidió además con el momento más álgido del proceso de acción de amparo iniciado por la organización Salta Transparente con el objeto de que los jueces de la Corte de Justicia informasen públicamente la cuantía de los sueldos que perciben. Ante la negativa de los altos magistrados requeridos, que prefirieron en todo momento mantener sus remuneraciones en secreto, el juez Marcelo Domínguez -uno de los firmantes del cuestionado pedido- publicó en los medios de comunicación su recibo de sueldo, dejando desairados así a quienes se empeñaron en ocultar el suyo.

Siete meses después de aquellos sucesos, y sin que la prensa que en su día intentó desacreditar a los jueces firmantes de la solicitud, hubiera reaccionado de ningún modo, la Corte ha procedido a conceder a quienes trabajaron durante la segunda feria extraordinaria de 2020 los días de descanso compensatorios previstos en el reglamento judicial.

El reconocimiento se ha producido hace tan solo unos pocos días atrás, a pesar de que la publicación de la Acordada nº 13275 data de hace más de tres meses; y, lógicamente, sin mencionar en ningún momento el pedido de los tres jueces en el mismo sentido.

Dicha norma, en el apartado III de su parte dispositiva dice textualmente lo siguiente:

«Disponer para los magistrados, funcionarios, profesionales, técnicos y los agentes de la última categoría de sus respectivos tramos que prestaron servicios en forma presencial en un porcentaje igual o mayor al 70% durante los periodos de feria extraordinaria dispuestos por esta Corte en el ejercicio 2020, el derecho a hacer uso, durante el periodo de 24 meses contados a partir del 01/02/2021, de una licencia con percepción de haberes de cinco (5) días en forma fraccionada o conjunta e independiente de las licencias reglamentarias».

Concluye así un episodio en el que el populismo informativo ha favorecido un peligroso -pero afortunadamente breve- apartamiento de la verdad. Un apartamiento que no solo pudo haber afectado el buen nombre y honor de unos jueces, sino que también rebajó innecesariamente el prestigio judicial en un momento en que la profesión necesitaba precisamente un refuerzo.

Lejos de mostrarse egoístas e insolidarios, quienes en su día pidieron a la Corte el cumplimiento del reglamento judicial obraron más en interés de los trabajadores judiciales que, por las necesidades del servicio, debieron trabajar de forma presencial en un contexto sanitario grave y de una peligrosidad imprevisible, que en el suyo propio.

La compensación a este trabajo extraordinario dispuesta por la Corte no solo representa el mero cumplimiento de una norma reglamentaria preexistente, sino que además es un acto de estricta justicia.

Texto de la Acordada 13275