
La información oficial del Poder Judicial de Salta dice que el acusado -un varón de 47 años- fue hallado culpable de un delito de abuso sexual gravemente ultrajante, por la duración y por las circunstancias de su realización, y que deberá purgar en la cárcel una pena de cinco años y cinco meses de prisión.
Según la misma fuente, el condenado había sido denunciado por su ex pareja, madre de la víctima del delito, quien había mantenido una relación sentimental con el agresor en el año 2015, cuando ambos residían en la ciudad de General Güemes.
El relato judicial puntualiza que por aquellas épocas la denunciante viajaba cada quince días a la ciudad de Salta por motivos de salud y que cuando lo hacía dejaba a su hija al cuidado del condenado.
Tiempo después, madre e hija se mudaron a Córdoba, ciudad en la que se enteró, por una psicóloga del colegio al que su hija acudía, que la niña había sufrido abusos sexuales por parte de su ex pareja cuando vivían en Güemes. La madre formuló una denuncia penal en la Provincia de Córdoba, pero los hechos fueron juzgados en Salta porque fue en esta Provincia en donde ocurrieron.
La misma sentencia absuelve al agresor de los delitos de abusos sexual con acceso carnal agravado por la guarda y corrupción de menores agravado por la guarda, por desistimiento de la acusación fiscal.
El juez señor Pérez ha ordenado el inmediato ingreso en prisión del hombre condenado, que hasta el momento del juicio se encontraba cumpliendo prisión preventiva domiciliaria.
También ha ordenado Pérez que el acusado sea sometido a un examen médico y la extracción de material genético para su inscripción en los registros correspondientes.