
El hombre ha sido hallado culpable de un delito de abuso sexual agravado por el vínculo, cometido en perjuicio de su nieta menor de edad.
Si bien el condenado no ingresará en prisión, en razón de la cuantía de la pena impuesta, durante el tiempo que fija la sentencia deberá mantener actualizado el domicilio y comunicar cualquier cambio dentro de las 48 horas de producido. Deberá también abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas, abstenerse de acercarse a la víctima a una distancia menor de 300 metros, someterse a tratamiento psicológico para controlar sus impulsos y la ingesta de alcohol, someterse al cuidado del programa de inserción social y supervisión de presos y liberados de Salta. En caso de incumplimiento de alguna de estas reglas, el hombre deberá ingresar efectivamente en prisión.
Finalmente, Romero Nallar ha dispuesto que el condenado sea examinado por un médico del Poder Judicial para la obtención de sus señas particulares, y que, a través del CIF, se le extraigan muestras de ADN, a los fines que prevé la ley en estos casos.
Según el portavoz de prensa del Poder Judicial salteño, el hombre condenado es el abuelo de la víctima. La denuncia fue presentada por la madre de la niña, luego de que esta le comentara que experimentaba dolor en ciertas partes que su abuelo le había tocado.
El condenado vivía con con su esposa en casa de su hijo, junto a su nuera y su nieta, por razones de salud.