
Entre el miércoles 4 y el viernes 6 de septiembre serán rematados motocicletas, motos, ciclomotores y partes varias de motocicletas en el depósito de la Dirección de Bienes Secuestrados del Poder Judicial de Salta ubicada junto a la Ciudad Judicial de Salta.
La Corte de Justicia de esta Provincia ha ordenado rematar los bienes secuestrados entre el miércoles 4 y el viernes 6 de septiembre, a partir de las 16 horas.
La Dirección de Bienes Secuestrados del Distrito Judicial del Centro, está ubicada en la calle Lateral Oeste s/n, Ciudad Judicial.
La subasta será realizada por los martilleros Francisco Solá, Francisco Solano Rivas Vila y Wilfredo José Luis Argañaraz.
Los mismos serán rematados en el estado en que se encuentren, con base, por unidad y por lote. Aquellos cuyo precio no excedan de 76.104,39 pesos, deberán ser abonados en dinero de contado en el remate y retirados en el mismo acto. Cuando el precio exceda ese monto, se abonará el 30% como seña y el saldo a las 48 horas hábiles de efectuado el remate.
En el caso de los bienes por los que se abona la totalidad del bien en el remate son retirados en el mismo acto.
Cuando se abone la seña, en el acta correspondiente se le hará conocer al comprador que, a partir de la integración del precio, tiene un plazo de diez días para retirar el bien adquirido, fecha a partir de la cual deberá pagar el canon correspondiente a la guarda. Esto, bajo apercibimiento de que, vencidos 60 días sin que haya retirado el bien, se deje sin efecto la venta y pierda el comprador lo ya pagado a favor del Poder Judicial, que podrá efectuar un nuevo remate.
En todos los casos, los compradores deberán abonar en el acto de remate el 10% de comisión de los martilleros, como así también el impuesto de sellos establecido por el Código Fiscal (1,2%). Se deja aclarado que el impuesto mínimo que se debe abonar por este concepto es de 5 pesos, equivalente a veinte unidades tributarias (art. 16 de le ley impositiva Nº 6611 y sus modificatorias) y el IVA correspondiente a dicha comisión, en el caso que fuere responsable inscripto.
Quien adquiera un automotor podrá gestionar la inscripción del dominio en los términos previstos por el Capítulo I, Sección XI, parte primera, artículos 1 al 8 de la disposición Nº 119 del 10/03/93 de la Dirección Nacional de Registro de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios.
Los bienes registrables y motocicletas se exhibirán mañana, día martes 3 de septiembre, de 9 a 16, en la Dirección de Bienes Secuestrados.