Cuidado policial para una víctima hasta que se le pueda poner un brazalete a su agresor

  • La jueza ha dispuesto que la orden de alejamiento sea controlada a través de un dispositivo electrónico, pero hasta tanto sea factible su colocación, la víctima será sometida a vigilancia policial.
  • Lesiones y amenazas

La jueza salteña señora Ana Silvia Acosta de Medina, de la Sala IV del Tribunal de Juicio de la ciudad de Salta, ha condenado en audiencia de juicio abreviado al ciudadano Adrián Agustín Chilo o Alberto Francisco Delgado tras hallarlo culpable de los delitos de amenazas, lesiones leves agravadas por relación de pareja previa y por constituir violencia de género, coacciones y desobediencia judicial.


Chilo o Delgado ha sido condenado por estos hechos a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, por lo que no deberá ingresar en prisión por esta causa.

Acosta de Medina le ha impuesto una serie de reglas de conductas, que el condenado deberá observar durante dos años: fijar domicilio, comunicar cualquier cambio del mismo y someterse al control y vigilancia del Patronato de Presos y Liberados ante el cual deberá presentarse del 1 al 10 de cada mes, cada dos meses; no abusar de la ingesta de bebidas alcohólicas ni del consumo de sustancias estupefacientes, no acercarse a la víctima, a su domicilio y a los lugares que ella frecuente en un radio de doscientos metros, no ejercer actos de violencia física o psíquica contra la denunciante, por cualquier medio; realizar tratamiento psicológico que deberá acreditar en su presentación ante el Patronato y no cometer nuevo delito.

La jueza ha dispuesto que la orden de alejamiento sea controlada a través de un dispositivo electrónico, pero hasta tanto sea factible su colocación, la víctima será sometida a vigilancia policial.

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