La Corte de Justicia de Salta anula los concursos de selección de jueces

Tras escuchar la opinión del Procurador General de la Provincia, que prefirió intervenir personalmente a designar un fiscal especial, la Corte de Justicia de Salta, integrada en su mayoría por jueces jubilados provenientes del orden jurisdiccional penal, ha resuelto anoche anular lo actuado por el Consejo de la Magistratura en relación con el concurso de selección de quince candidatos a ocupar cinco cargos de jueces en un tribunal superior y, en consecuencia, ha ordenado reponer las actuaciones al momento en que se cometió la infracción procedimental denunciada por una de las candidatas admitidas al concurso.

De este modo, la Corte de Justicia ha revocado y dejado sin efecto una sentencia judicial anterior, pronunciada por la magistrada -también de lo penal- señora Mónica Mukdsi (Mudski, para la mayoría de diarios salteños).

Antes de la conformación de las ternas y de su remisión al Gobernador de la Provincia, Mukdsi había desestimado la acción de amparo promovida por la secretaria relatora de la Corte de Justicia y aspirante a ocupar uno de los cargos en disputa, señora Marcela Susana von Fischer, argumentando en aquella ocasión que el concurso fue regular, transparente, ajustado a derecho y que no había vulnerado los derechos subjetivos de nadie.

Ahora, tras la pataleta del Gobernador de la Provincia, quien por las suyas decidió anular el concurso, con el solo respaldo de un endeble dictamen jurídico de la Fiscal de Estado, la Corte ha resuelto que el procedimiento del Consejo de la Magistratura carece de validez y que toda la selección debe repetirse desde el auto de admisión de candidatos en adelante.

Como dato curioso del asunto se cuenta que el único «juez natural» que integró la Corte de Justicia (acompañando a los jueces jubilados y a otros designados como reemplazantes «ad hoc») desempeña simultáneamente el cargo de presidente del Consejo de la Magistratura; es decir, que se ha producido una confusión entre el juzgador y el representante más visible del órgano demandado. Su legitimidad para juzgar el asunto como integrante del más alto tribunal de justicia proviene, sin embargo, de una circunstancia más bien accidental, como lo es su abstención (excusación) puntual en los concursos ahora anulados, por haber impugnado en su día a uno de los candidatos admitidos.

La resolución de la Corte -cuyo texto íntegro no ha sido publicado aún por el Poder Judicial de Salta- da la razón parcialmente, en dos puntos, a la señora von Fischer: 1) Que el calendario del concurso es un elemento esencial del mismo y que su modificación por el Consejo de la Magistratura en el concurso de marras ha sido arbitraria y poco respetuosa con el decreto del Gobernador que convocó las plazas en disputa; 2) Que la unificación de los exámenes y entrevistas forzó la conformación de las ternas de una manera calificada por la propia Corte como «inusitada» y que, en el fondo, es diferente a la forma en que «reglamentariamente correspondía».

En cuanto a la alteración del calendario que fue consecuencia de la unificación de los cinco concursos, dice la Corte en su sentencia que se hizo «de manera» intempestiva e inconsulta.

Al estimar la Corte de forma parcial la pretensión de amparo de la señora von Fischer, cabe pensar -a falta de la lectura completa de la sentencia- que su denuncia en el sentido de que dos concursantes dispusieron de una ilegítima ventaja al presuntamente conocer de antemano el «caso judicial» que sería objeto de la prueba escrita, no prosperó de ningún modo.

De esta forma tan salomónica, la Corte de Justicia (convertida por mor de las circunstancias en el consejo de ancianos de la tribu) ha quedado bien con Dios y con el diablo, como no podía ser de otra manera. Las víctimas colaterales de la operación jurídica son ahora muy pocas: la jueza Mukdsi, el fiscal que opinó en primera instancia sobre el asunto y algún concursante despechado.

El resto, incluido el Gobernador, la Fiscal de Estado, las cuestionadas secretarias letradas María Alejandra Gauffin y María Victoria Mosmann, salieron airosas del envite, pues la resolución judicial que anula los concursos en principio niega que hubiesen hecho trampa. Sin embargo, sus posibilidades de convertirse en juezas de segunda instancia se han reducido de forma significativa, al ponerse de manifiesto durante los días posteriores a su selección la existencia de un amplio, difundido y, al mismo tiempo, sorprendente rechazo social.

Ahora, ante la severa advertencia del Gobernador de la Provincia de que no tolerará ni convalidará «artilugios corporativos», difícil lo tiene el Consejo de la Magistratura para volver a seleccionar a los mismos candidatos. Y más difícil aún el Gobernador, pues ante un concurso «regular» tendrá que elegir entre los seleccionados en las ternas, así estas hayan sido conformadas siguiendo criterios amiguistas y corporativos. Dicho en términos parecidos: si el Consejo de la Magistratura, una vez repetidas las pruebas, insiste con los mismos candidatos «corporativos», ¿cuál será esta vez el camino que escogerá el Gobernador de Salta para descorporativizar la elección?