
El magistrado ha ordenado la inmediata libertad del condenado en virtud de la modalidad de la pena impuesta y ha impuesto las siguientes obligaciones por el término de tres años: constituir domicilio y someterse al cuidado de la autoridad de control; presentarse dentro de los cinco primeros días de cada bimestre ante el tribunal; abstenerse de usar estupefacientes y de abusar del consumo de bebidas alcohólicas; adoptar oficio o profesión adecuado a su capacidad; prohibición de acercamiento y de entablar cualquier tipo de contacto con el denunciante y su grupo familiar; abstenerse de ejercer actos de violencia física o verbal respecto del denunciante. Todo ello bajo apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la pena impuesta.
Mariano Díaz ha sido condenado por lesionar a su hermano con un arma blanca durante una discusión.