
La pena es idéntica para los tres acusados, que no deberán ingresar en prisión y, a cambio, cumplir con una serie de reglas de conductas, también idénticas: constituir domicilio y presentarse dentro de los diez primeros días de cada bimestre ante el tribunal que los ha condenado, abstenerse de abusar del consumo de bebidas alcohólicas y de sustancias tóxicas.
Las reglas de conducta no prohiben a Mazzone darse chapuzones de jacuzzi en tanga, con o sin compañía, lo cual ha levantado cierto revuelo.
En caso de que alguno de ellos no cumpliera con estas reglas, durante el plazo establecido, se revocará la condicionalidad de la pena y se acordará el ingreso en prisión del incumplidor.
Finalmente, y pendiente de que se conozcan los fundamentos que sustentan la decisión, los jueces que integran la sala juzgadora han ordenado que se remitan al fiscal penal que por turno corresponda copia certificada de las declaraciones de los testigos Nadia Oriana Flores, Jimena Noelia Moreno, Yanet Noelia Moreno, Efraín Jony Ortega, David Farfán, Armando Rivera, Wilfredo Barnechea, Alfredo Ayarde y Néstor Francisco Ferreyra -en su mayoría, favorables a Mazzone- por si pudieran los mismos haber incurrido en el delito de falso testimonio.